COLUMNA INVITADA

Pluralidad y unidad

Cass Sunstein, en su libro República.com, nos ejemplifica cómo la diferencia de ideas entre Thomas Jefferson y James Madison fincó las bases para el desarrollo del constitucionalismo moderno

OPINIÓN

·
Juan Luis González Alcántara / Columnista invitada / Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: Especial

En los sistemas democráticos, la diversidad de ideas, opiniones, puntos de vista, e ideologías no deben ser causa de confrontaciones, sino de unidad desde la diversidad. Suena tautológico, pero en los diferendos hay un valor hermenéutico y un punto de convergencia, que son la química necesaria para la construcción de una nación plural e incluyente. 

Cass Sunstein, en su libro República.com, nos ejemplifica cómo la diferencia de ideas entre Thomas Jefferson y James Madison fincó las bases para el desarrollo del constitucionalismo moderno.

El diferendo entre Jefferson y Madison versaba en la oposición de este último para incluir una Carta de Derechos en la Constitución, ya que la consideraba innecesaria. En cambio, Jefferson insistía en incluirla y que fueran los jueces los que la hicieran cumplir, lo cual sería un baluarte de la libertad. Eventualmente, Madison se convenció de este punto, pero enfatizó una consideración muy diferente: la función unificadora y educativa de la Carta de Derechos.

En una misiva, de fecha 17 de octubre de 1788, Madison, preguntando a Jefferson qué uso, en ese entonces, podría tener una Carta de Derechos a un gobierno, le respondió: las verdades políticas, sumadas al sentimiento nacional, declaradas en esa forma tan solemne, adquieren el grado de máximas fundamentales para un gobierno libre, contrarrestando con ello los impulsos de intereses y las pasiones individuales. Para Madison, la Carta de Derechos, junto con la Constitución misma, eventualmente se convertirán en una fuente de entendimiento y compromiso entre personas extremadamente diversas.

Sunstein nos advierte: “Cualquier sociedad heterogénea se enfrenta a un riesgo de fragmentación”. Éste es un peligro latente en muchos periodos de la historia —e inclusive— presente en la actualidad. La instauración de una Constitución es el intento para disminuir ese peligro. Es producto de una mezcla de reglas locales y nacionales engarzadas en un sistema de pesos y contrapesos. La Constitución es un símbolo en sí misma de la unidad y de la pluralidad.

La Constitución no es sólo un decálogo de reglas competenciales y de derechos, es el punto de partida y de destino. Debe ser el filtro en el que nuestros diferendos encuentren la convergencia para el mejoramiento de la República. La Constitución debe ser siempre el estandarte de la pluralidad con unidad. 

POR JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA

MINISTRO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

PAL