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Admite SCJN impugnación por ampliación de mandato de Zaldívar

Ministro asegura que no es posible acordar de conformidad debido a que se trata de asuntos diversos

NACIONAL

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Un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad que presentaron senadores de oposición contra la ampliación de mandato del ministro presidente Arturo Zaldívar.

El ministro José Fernando Franco González Salas señaló en su acuerdo que no es posible hacer un estudio preferente de la impugnación ni la revisión en la misma sesión que la consulta extraordinaria que presentó Zaldívar sobre el tema.

“Respecto del estudio preferente al que alude, no es posible acordar de conformidad, ya que se trata de asuntos diversos que se tramitan por cuerda separada, siendo que no existe precepto legal alguno que autorice el estudio preferente de uno con respecto al otro, o inclusive, su estudio conjunto en una misma sesión”, indicó el integrante de la Corte.

Explicó que la consulta y la acción de inconstitucionalidad tienen características particulares, pues la primera plantea una interpretación y aplicación de los artículos 97 y 100 de la Constitución en relación con el artículo que se impugna.

“El expediente 1/2021, registrado con motivo la consulta planteada por el Presidente de este Alto Tribunal, exige una posible interpretación y aplicación de los artículos 97 y 100 constitucionales en relación con el artículo que se impugna en el presente medio de control, en atención a las atribuciones del Pleno para dirimir cualquier controversia al interior del Poder Judicial de la Federación con motivo de la interpretación y aplicación de lo dispuesto en los artículos 94, 97, 100 y 101 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los preceptos correspondientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, los cuales regulan la estructura de los órganos del Poder Judicial de la Federación y los derechos y obligaciones de sus integrantes, relacionados con su autonomía e independencia”, indicó el ministro.

En el caso de la impugnación de senadores, señaló el ministro, plantea un procedimiento seguido en forma de juicio.

“A través de la acción de inconstitucionalidad se plantea un auténtico procedimiento seguido en forma de juicio, en el que se aduce una contradicción entre la norma impugnada y la Constitución General, se reciben los informes de las autoridades legislativas, así como los alegatos respectivos para el efecto de cerrar instrucción, y cuyos efectos en su caso, podrían ser desestimar, reconocer la validez o declarar la invalidez de la norma impugnada”, explicó.

Por: Diana Martínez
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