XOCHIMILCO

Imponen uso obligatorio de cubrebocas en Xochimilco

Las personas que desacaten la orden serán remitidas al juzgado cívico

NACIONAL

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Si no cumplen, habrá sanciones. Foto: CUARTOSCUROCréditos: CUARTOSCURO

En la Alcaldía Xochimilco, que encabeza José Carlos Acosta, se impuso el uso obligatorio de cubrebocas que, en caso de no cumplirla, las personas pueden ser remitidas al juzgado cívico o recibir sanciones administrativas, en medio de esta emergencia sanitaria por COVID-19.

A través del Aviso mediante el cual se da a conocer el Bando, “Reglas para el Cuidado de todas y todos en esta Pandemia”, publicado en la Gaceta oficial de la Ciudad de México, se informó que estas medidas entran en vigor mañana.

“Se hace del conocimiento a todos los habitantes de la Alcaldía Xochimilco que el Uso de Cubrebocas es Obligatorio dentro de la Alcaldía Xochimilco en plazas, áreas verdes o comunes, jardines, parques, senderos, calles, avenidas, tianguis, bazares, comercios en vía pública, áreas deportivas, de recreo o esparcimiento; en Inmuebles públicos destinados a la prestación de servicios públicos; “Inmuebles privados de acceso público, como plazas comerciales, mercados, templos religiosos de cualquier denominación y cualquier otro destinado a la prestación de actividades comerciales, sociales, gubernamentales y educativas. También será obligatorio en unidades de transporte público o concesionado”, sostiene el documento.

A través de un bando, la Alcaldía detalla las medidas a implementar por parte de los vecinos, que consisten en lo siguiente: 

1. Los vecinos de la demarcación deben utilizar de forma obligatoria elementos de protección personal, como son cubrebocas.

2. Colocación de filtros sanitarios para la detección de síntomas y toma de temperatura (no mayor a 37.5° C), al ingreso del personal, proveedores y clientes.

3. Mantener la sana distancia de 1.5 mts entre todas las personas, trabajadores y clientes.

4. Colocación de dispensadores de gel antibacterial y desinfección permanente de superficies y espacios comunes (mínimo 6 veces x día).

5. Uso de ventilación natural, en su caso el sistema de ventilación sólo podrá operar con recirculación de un mínimo de 30% hacia el exterior. La recirculación del aire al interior está prohibida.

6. Registro obligatorio de reactivación en https://covid19.cdmx.gob.mx/medidassanitarias.

7. Si se cuenta con más de 30 trabajadores deberán realizar un número de pruebas equivalentes al 5% de sus empleados de forma semanal.

8. Los casos positivos se deben resguardar 15 días en sus casas y los casos sospechosos se deben resguardar en sus casas hasta recibir un diagnóstico negativo.

También se detalla las medidas que deben atender los comercios al menudeo, clubes deportivos y actividades deportivas individuales al aire libre; trabajadores o trabajadoras del hogar, tiendas de abarrotes y cremerías;restaurantes; estéticas, peluquerías y salones de belleza; hoteles; tianguis, bazares y mercados sobre ruedas.

Sin embargo, en los transitorios del aviso mencionado se advierte de cuáles son las consecuencias, en caso de no cumplir con las medidas.

“En caso de incumplimiento de cualquiera de los puntos estipulados, el infractor podrá ser remitido al juzgado cívico o será acreedor de sanción administrativa correspondiente”, sostiene el documento.

Por: Carlos Navarro
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