COLUMNA INVITADA

La Reforma Judicial y su implementación: una realidad

Con la publicación de esta reforma, se da inicio a una serie de acciones para su implementación y aplicación, las cuales detallamos cronológicamente a continuación

OPINIÓN

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Gabriela Jiménez Godoy / Colaboradora / Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: El Heraldo de México

Tras varios meses de intenso debate en distintos sectores de la sociedad, el Congreso de la Unión aprobó la reforma constitucional en materia del Poder Judicial Federal. Esta fue promulgada el 15 de septiembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF), una fecha simbólica y significativa para el pueblo mexicano, pues coincide con la conmemoración de nuestra Independencia Nacional. 

Con la publicación de esta reforma, se da inicio a una serie de acciones para su implementación y aplicación, las cuales detallamos cronológicamente a continuación. En primer lugar, cabe destacar que la reforma entró en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF. 

El pasado 23 de septiembre, el Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó el acuerdo por el cual se emite la declaratoria del inicio del Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025, en el que se elegirán, entre otros cargos, a las y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como a las magistraturas de las salas Superior y Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. 

Este acuerdo del INE es de suma relevancia, pues marca el comienzo de una serie de responsabilidades clave que el organismo deberá cumplir para llevar a cabo la elección popular de las y los integrantes del Poder Judicial de la Federación. 

Siguiendo con el cronograma de implementación normativa, el próximo 16 de octubre, el  Senado de la República emitirá la convocatoria para integrar las listas de las y los candidatos  que participarán en la elección extraordinaria para los cargos del Poder Judicial de la  Federación, conforme al procedimiento previsto en el artículo 96 constitucional. 

Asimismo, el Congreso de la Unión deberá aprobar, antes del 15 de diciembre de 2024, las adecuaciones necesarias para crear las leyes secundarias que complementen la reforma judicial. Las legislaturas de los estados tendrán un plazo de 180 días para hacer lo propio con sus constituciones y leyes locales. 

Para el 15 de marzo de 2025, los congresos locales deberán adecuar sus constituciones para permitir la renovación de los cargos judiciales locales. La elección extraordinaria para los cargos de ministros, magistrados, jueces y otros puestos judiciales se llevará a cabo el 1 de junio de 2025.

Posteriormente, el 18 de agosto de 2025, la Sala Superior del Tribunal Electoral resolverá las impugnaciones relacionadas con el proceso electoral extraordinario. Finalmente, el 1 de septiembre de 2025, las personas electas tomarán protesta de sus cargos en el Senado y el Tribunal de Disciplina Judicial, dando inicio formalmente a sus funciones. 

Ese mismo 1 de septiembre, se extinguirá el Consejo de la Judicatura Federal y sus funciones serán transferidas al Tribunal de Disciplina Judicial y al Órgano de Administración Judicial.  El 15 de septiembre de 2025, el Órgano de Administración Judicial asignará a las personas electas a los órganos judiciales correspondientes. 

Con base en este calendario, debemos tener la confianza y certeza de que la Reforma Judicial avanzará de manera positiva. Esta reforma es el resultado de la visión de estadista del presidente López Obrador, respaldada por millones de votos ciudadanos en las elecciones federales del presente año.

POR DIP. GABRIELA JIMÉNEZ GODOY 

VICECOORDINADORA DEL GRUPO PARLAMENTARIO MORENA 

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