COLUMNA INVITADA

El nuevo super delito, asociado a las horas extras

Ha generado una preocupación generalizada entre el sector formal ya que, si bien la reforma a la Ley mencionada no modifica directamente la Ley Federal del Trabajo (LFT)

OPINIÓN

·
Sara Morgan / Columna Invitada / El Heraldo de MéxicoCréditos: El Heraldo de México

En el mundo hiperreal de hoy, donde la distinción entre lo verdadero y lo simulado se vuelve cada vez más borroso, la trata de personas emerge como una cruda manifestación de las distorsiones y peligros que esta condición conlleva, pero también los alcances legales pueden caer dentro de desfaces que proyecten el menoscabo de las empresas formales de nuestro país. 

La trata de personas es un crimen atroz que explota a individuos vulnerables, despojándolos de su libertad y dignidad. En México, este delito se vuelve aún más insidioso, ya que los tratantes se aprovechan de la confusión y la desinformación para engañar y controlar a sus víctimas por que se distorsiona la realidad, creando una ilusión de oportunidades y una vida mejor que dista mucho de la realidad que las espera.

Sin embargo, con la reforma de fecha 7 de junio de 2024, en la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos. Ha generado una preocupación generalizada entre el sector formal ya que, si bien la reforma a la Ley mencionada no modifica directamente la Ley Federal del Trabajo (LFT), se incluye una adición al artículo 21, respecto a las jornadas laborales que excedan los límites legales establecidos como una modalidad de explotación laboral.

En ese sentido cobran relevancia ciertos aspectos de la reforma como la ampliación de la definición de explotación laboral, incluyendo las jornadas de trabajo que superen lo establecido por la Ley Federal del Trabajo, es decir, las 48 horas a la semana, quedando peligrosamente descartadas las horas extras, así mismo las sanciones establecen de 3 a 10 años de prisión y multas de 5000 a 50.000 días multa, lo que se incrementa cuando la explotación afecte a personas de pueblos y comunidades indígenas o afromexicanas, donde la pena aumenta de 4 a 12 años de prisión y multas de 7000 a 70 000.

Esta modificación entró en vigor el 8 de junio de 2024, tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación, cuestión que es desconocida, aún por un amplio sector de asesores jurídicos en las empresas, lo que puede repercutir en muchas de las industrias de nuestro país.

Podemos imaginar que bajo esta nueva regulación los tiempos laborales tendrán que ser estrictos, aun cuando ello genere un corte de tajo en algunas labores, como la atención de clientes en bancos, operadores de maquinaria pesada, e incluso en materia sanitaria en hospitales y salas de emergencia, en este punto puede que se tenga que emitir diferentes criterios de excepciones, para que prosigan actividades continuadas y éstas sean compatibles con ciertas actividades, pues de lo contrario la generalización podría causar daños a empresas que tratan de apegarse a la norma y otras a las cuales les complicará el sistema de servicios.

Hemos señalado, en muchas ocasiones, que el problema no es establecer amplios estándares de protección laboral, sino que éstos sólo tienen aplicación para aquellos trabajadores que se encuentren bajo el techo de la formalidad, y desgraciadamente en México esto sólo representa a 27,011,807 de personas de un total de 58 911 807, que actualmente laboran. 

Algunos puntos clave que determinarían el fin de este delito tan grotesco, serían la regulación del mercado informal, donde se generan las peores prácticas laborales; con ello se tendería un puente para que la autoridad, tuviera la oportunidad de conocer las ubicaciones de todos los empleadores y con ello su facultad, estaría aumentada y en posibilidad de realizar inspecciones laborales como herramientas valiosas para identificar indicios de trata de personas y finalizar éstas prácticas oprobiosas, tales como; condiciones precarias de trabajo, jornadas laborales excesivas, falta de documentación, restricciones de movimiento o comunicación, entre otras. Al detectar estas irregularidades, las autoridades laborales serían un factor determinante en la investigación e intervención. 

Combatir la trata de personas en la era de la hiperrealidad requiere un enfoque multifacético que aborde las raíces del problema y sus manifestaciones específicas:

  • Educación y sensibilización: sobre la realidad de la trata de personas, desmontando los mitos y ofreciendo información veraz sobre sus riesgos y cómo evitarla.
  • Fortalecimiento de las instituciones: mediante la regularización de los cotos de poder sustentados en la ilegalidad para que las instituciones encargadas de prevenir, investigar y perseguir la trata de personas tengan herramientas para acabar con dichas prácticas.
  • Protección a las víctimas: Brindar apoyo integral a las víctimas, incluyendo asistencia psicológica, médica, legal y social, para ayudarlas a reconstruir sus vidas.
  • Cooperación de la sociedad: La trata de personas es un problema global que requiere una respuesta social coordinada, con colaboración entre vecinos, conocidos y amigos para compartir información, denunciar a los tratantes y proteger las regiones de factores delictivos, que expulsen a su ciudadanía, por carencia de tejido social fuerte y falta de trabajo.

En definitiva, la lucha contra la trata de personas requiere de una acción conjunta que combine esfuerzos, de individuos, sociedad civil y el Estado mexicano para priorizar el orden y universalizar las acciones correctas para lograr dos cosas: Generar una cultura legal de todos los habitantes de México; y garantizar el trabajo decente, por parte de la autoridad.

Por cierto, vienen las aguas. Saca el paraguas.

POR SARA MORGAN
@MORGANSAREL
CONSULTORA LABORAL
DIRECTORA DE EQUITY JOB LAB

EEZ