CUARTO DE GUERRA

Reformar la seguridad nacional

La reforma que creó la SSPC en noviembre de 2018 no se tomó la molestia de adecuar la LSN y creo un vacío legal entre los que destacan la inoperancia del Consejo de Seguridad Nacional y su secretariado técnico

OPINIÓN

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Gerardo Rodríguez/ Cuarto de Guerra/ Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: Especial

La normatividad en materia de seguridad nacional es muy joven en México como lo es su sistema democrático. En enero de 2021 se cumplen 16 años de la primera y única ley en materia de seguridad nacional que impulsó en su momento Eduardo Medina Mora, ex director del CISEN y ex ministro de la Suprema Corte de Justicia.

La actual Ley de Seguridad Nacional (LSN) ya no responde a las actuales instituciones y aspiraciones del Estado mexicano para consolidar un sistema moderno y eficiente en la materia. La LSN es un Frankenstein, un tercio de la misma comprende las funciones del Consejo de Seguridad Nacional, su secretariado técnico y un marco conceptual que necesita ser adecuado.. La otra parte contiene el marco normativo que sustenta la actuación de los poderes legislativo y judicial. Al menos la supervisión legislativa ha sido un rotundo fracaso por el diseño institucional de la Comisión Bicamaral. Finalmente, la última parte de este monstruo legislativo es el andamiaje legal del extinto CISEN –(renombrado Centro Nacional de Inteligencia) que cambió de adscripción de Gobernación a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC).

La reforma que creó la SSPC en noviembre de 2018 no se tomó la molestia de adecuar la LSN y creo un vacío legal entre los que destacan la inoperancia del Consejo de Seguridad Nacional y su secretariado técnico. Entre las reformas urgentes que diversos analistas sugieren están las siguientes.

1. Elevar a rango de consejero la figura del secretario técnico del Consejo de Seguridad Nacional a nivel del gabinete y establecidas sus funciones en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Su adscripción debe seguir estando en la Presidencia de la República. Este cargo puede recaer en un civil o un militar.

2. Dividir la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional para que se creen dos comisiones ordinarias independientes en la Cámara de Diputados y otra en el Senado con facultades legislativas para dictaminar iniciativas de ley y ejercer una mayor supervisión a las actividades del poder Ejecutivo.

3. Proponer una ley general del sistema de inteligencia para la seguridad nacional que regule las legítimas responsabilidades que tiene que llevar acabo el CNI y otras agencias de inteligencia del Estado mexicano como las militares, inteligencia financiera, Guardia Nacional, Relaciones Exteriores entre otras.

4. Se debe crear formalmente el sistema de seguridad nacional y sus subsistemas como el de inteligencia, operativo, doctrina, entre otros.

5. Finalmente, esta ley debe actualizar la definición de seguridad nacional y demás conceptos que se derivan del mismo.
Un proyecto legislativo en este sentido necesariamente tocará fibras sensibles de todas las instituciones del Estado involucradas. Sin embargo, se necesita sacar adelante una reforma que fortalezca al país frente a los riesgos y amenazas de un mundo terriblemente incierto.

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POR GERARDO RODRÍGUEZ
GERARDO_RSL@YAHOO.COM 
@GERODRIGUEZSL