SCJN

Ministra de la SCJN propone invalidar padrón de telefonía móvil

El proyecto propone invalidar la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que crea el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil

NACIONAL

·
Ministra de la SCJN propone invalidar padrón de telefonía móvilCréditos: Especial

La ministra Norma Piña propone invalidar la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que crea el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut).

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó el proyecto de sentencia de las acciones de inconstitucionalidad presentadas por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y por senadores contra el decreto de reforma a esta ley.

Piña señaló que el Panaut genera un fuerte impacto en los derechos a la privacidad y a la protección de datos personales y también se afectan los datos sensibles de los usuarios de telefonía móvil.

Por eso, al emitir el decreto debió realizarse una evaluación de impacto en la protección de esos datos, pero eso no ocurrió.

“Lo procedente es declarar la invalidez de todo el Decreto de reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de abril de 2021.

El proyecto propone invalidar la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que crea el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Foto: Cuartoscuro)

“Sobre este punto debe reiterarse que el estudio sobre la razonabilidad de la afectación a los derechos humanos en juego abarca la totalidad del decreto impugnado, puesto que dicho decreto constituye una unidad que no puede disociarse. En efecto, la causa que genera la afectación a los derechos humanos a la privacidad, intimidad y protección de datos personales es el sistema normativo que crea y regula el Panaut, por tanto, si dicha afectación no resulta razonable, la consecuencia es que debe anularse todo el sistema normativo que la genera”, indica el proyecto de sentencia que será discutido en los próximos días. 

Con el Panaut se obliga a los usuarios de telefonía a registrar sus datos o su línea puede ser cancelada.

Además, el proyecto indica que la magnitud de lo que implica que todos los usuarios entreguen su información privada y sus datos personales incluyendo los sensibles, exige mecanismos de protección eficaz de esa información para impedir el abuso y el acceso ilícito.

Esos aspectos de seguridad, destacó la ministra, debían estar contemplados en la ley y no en disposiciones administrativas.

“El decreto impugnado no establece ningún tipo de salvaguarda, mecanismo de protección o bien, estándares mínimos que deban satisfacerse a fin de proteger de manera efectiva este banco de información privada, datos personales y sensibles de los usuarios de telefonía móvil”, señaló la ministra.

Sigue leyendo:

SCJN desecha controversia constitucional del gobierno de Colima contra la LIE

SCJN batea a Cofece en impugnación contra la Ley de la Industria Eléctrica

Con resolución de la SCJN sobre la LIE, éxito de los amparos es inminente