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Aprueban dictamen para tipificar delito de “violencia ácida” en la CDMX

La reforma busca regular la “violencia ácida” como un nuevo tipo de agresión contra las mujeres

EDICIÓN IMPRESA

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Varios colectivos han presionado a las autoridades para tipificar este delitoCréditos: Cuartoscuro

Las Comisiones Unidas de Igualdad de Género y de Administración y Procuración de Justicia del Congreso capitalino aprobaron el dictamen para reformar, derogar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México (LAMVLV) y del Código Penal para el Distrito Federal, en materia de violencia ácida. 

Ana Francis López Bayghen Patiño, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, reconoció que esto surge del trabajo realizado en encuentros como el foro “Ley Malena: no más violencia ácida” y de la información brindada por activistas, organizaciones e instituciones como la Fiscalía General de Justicia (FGJ) y la Comisión de Derechos Humanos. 

La violencia ácida busca sertipificada como un delito Foto: Especial

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Nueva agresión contra las mujeres

Indicó que la reforma busca regular la “violencia ácida” como un nuevo tipo de agresión contra las mujeres, que consiste en ataques con sustancias químicas o corrosivas que causan o buscan causar daño, a través de lesiones temporales o permanentes, internas o externas, que pueden provocar discapacidad o poner en peligro la vida. 

López Bayghen Patiño comentó que también se plantea que las instituciones correspondientes cuenten con programas para atender a las víctimas, así como protocolos, registros, estadísticas y lineamientos precisos sobre la atención a estos casos de violencia.

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Por su parte, dijo que la reforma al Código Penal local consiste en adicionar un capítulo de “lesiones por ataques con ácido, sustancias químicas o corrosivas”, para tipificar la conducta conocida como “violencia ácida” e imponer 8 a 12 años de prisión y multa de 300 a 700 veces la unidad de medida y actualización vigente a quien cause un daño en la integridad física o salud, utilizando diversas sustancias y/o compuestos químicos, que provoquen lesiones internas, externas o ambas. 

Finalmente dichas penas aumentarán en una mitad cuando se cause deformidad en rostro, haya daño de órganos o en casos en que la víctima sea niño, niña, adolescente o persona con discapacidad; y la conducta será considerada feminicidio en grado de tentativa, si el daño físico es permanente, así como llegar a afectar los órganos reproductores sexuales.