TRES EN RAYA

Una categoría ‘no apta’ en los JO

Los Juegos Olímpicos 2024 dejan récords. Desde la huella ecológica hasta los increíbles resultados

OPINIÓN

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Verónica Malo Guzmán / Tres en Raya / Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: El Heraldo de México

Los Juegos Olímpicos 2024 dejan récords. Desde la huella ecológica hasta los increíbles resultados en las contiendas que nos exigen voltear a ver y reconocer el esfuerzo y la dedicación. Quedarán en la memoria las actuaciones de Simone Biles (gimnasia), Katie Ledecky (natación; la mujer con mayor número de medallas en toda la historia olímpica), Léon Marchand (dos medallas de oro en natación, marcando nuevos récords en menos de dos horas de diferencia), Olvera, Celaya, Awiti, Valencia (todos medallistas mexicanos), solo por nombrar algunos.

París dejará también un nuevo precedente —a partir de los Juegos Olímpicos del 68 ya habían habido otros— que cuestiona y debería apuntalar hacia mayor equidad y no menos. Me refiero a la boxeadora argelina que sufre de hiperandrogenismo. Ella no debiera competir contra otras mujeres cuyos niveles hormonales y cuyo código genético son femeninos. Punto. No hay más que discutir.

Para su desgracia, ‘ella’ es ‘él’; portadora de cromosomas XY, con niveles de testosterona masculinos y sí, es probable, tenga testículos internos. Todo lo anterior describe el hiperandrogenismo; en este caso, además, una persona entrenada en los golpes con una fuerza que no es el de una mujer. Tiene las ventajas físicas y atléticas adquiridas por la testosterona elevada de la pubertad.

Existe literatura científica que explica a detalle el desarrollo sexual de una mujer como ella; de particular relevancia es la deficiencia de la 5-alfa-reductasa (5-ARD), lo que lleva a que mismo reduciéndose la testosterona a niveles femeninos en la edad adulta, ello no anula los beneficios físicos que se adquirieron durante la pubertad masculina.

Aceptar que una persona con estas características (mujer con hiperandrogenismo) compita con otras mujeres cuyos niveles hormonales siempre han sido femeninos y cuyo código genético es XX y no XY, es permitir que la competencia sea desleal, dispareja e injusta. Así las dos peleas que hemos atestiguado (jueves y viernes) con dos mujeres con hiperandrogenismo…

Entiéndase, esto NO es una cuestión de género, se trata tan solo de una alteración que no hace apto a nadie para una justa competición.

Se dirá que si en la selección que se hace de los jugadores de básquetbol se busca atletas muy altos o en la gimnasia deportistas muy flexibles, ¿por qué no privilegiar entonces la selección de boxeadoras con hiperandrogenismo? Existen dos respuestas.

La primera es que en el caso de la altura, la flexibilidad, etcétera, siempre existe la posibilidad de que, con entrenamiento, los otros competidores adquieran esas características u otras habilidades que les permitan compensar las destrezas o fortalezas de los otros. En el caso que nos ocupa, en cambio, ningún entrenamiento extremo puede preparar a las mujeres sin hiperandrogenismo para igualar —ya no se diga superar— las ventajas que presenta quien sí la sufre.

La segunda: es muy distinto que un competidor/competidora con un trastorno hormonal y de cromosomas como este dispute, por ejemplo, una prueba de atletismo a que lo haga en un deporte de contacto como el boxeo (asestando golpes) donde hay peligro de daño físico y riesgo a la vida. En otras palabras, aquí lo que se discute va más allá de que si existe o no una competencia dispareja.

Así, el jueves, la boxeadora italiana Angela Carini (XX) señaló que su contraparte argelina Imane Khelif (XY, masculino) le dio un derechazo por lo cual decidió retirarse del ring. El combate no pasó de 46 segundos. ¡Y qué bueno! Más allá de la discusión que se tiene en estos momentos, debemos centrarnos en el conocimiento científico y en eso pertrecharnos antes de que se tenga una desgracia mortal.

De esto algo debe de saber la Asociación Internacional de Box (ahora vetada de los JJOO)… Debieron hacerle caso, pues estableció criterios más pertinentes que los del Comité Olímpico. Se fijó en los niveles hormonales, sencillamente. El COI ya había sido advertido y aún así permitieron que dos boxeadoras con hiperandrogenismo participasen en estas justas olímpicas.

Lección que se deriva de todo lo anteriormente comentado: los criterios, limitantes, excepciones y justificantes que adopta el COI, y que tienen que ver con aspectos biológicos del atleta, no pueden ni deben modificarse cuando se trata de deportes de contacto.

POR VERÓNICA MALO GUZMÁN

COLABORADORA

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