COLUMNA INVITADA

La conformación de las cámaras

En México, las cámaras del Congreso de la Unión se conforman con 500 diputados (en donde 200 son de RP) y 128 senadores (con 32 de RP)

OPINIÓN

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Gabriel Mendoza Elvira / Columna Invitada / Opinión El Heraldo de México

En un sistema democrático en el que los gobernantes son electos por mayoría surge el problema de la falta de representación de las minorías. Por ejemplo, nuestra virtual presidenta electa ganó por un apabullante 59.76%, aproximadamente 36 millones de personas, de un total de más de 96 millones que conforman el listado nominal. Existe un grupo poblacional de cerca de 60 millones de personas que serán gobernadas por ella, pero no se sentirán necesariamente representadas, sea porque no acudieron a las urnas o porque expresaron su voluntad por opciones políticas distintas.

Para tratar de abatir esa problemática, el sistema electoral evolucionó para ir logrando una mayor representación de las minorías en el parlamento, primero, con los diputados de partido, después con legisladores de representación proporcional (RP).

Mucho se ha criticado el sistema de RP, porque se dice que quienes resultan electos por esa vía en realidad no son personas con respaldo ciudadano directo, además de que esas posiciones son decididas por acuerdos cupulares. No abundaré en esa discusión por ahora, pero sí puedo afirmar que la mejor forma que se ha encontrado de lograr una representación para las minorías y cámaras del congreso más plurales es esa.

En México, las cámaras del Congreso de la Unión se conforman con 500 diputados (en donde 200 son de RP) y 128 senadores (con 32 de RP). Es un sistema mixto que por su propia naturaleza impide la conversión exacta de votos en escaños, pero logra de mejor manera la representación plural del órgano.

Nuestro sistema también prevé límites a la sobrerrepresentación. Ningún partido político puede tener más de 300 diputados, ni contar con un número de diputados que exceda en 8% a su porcentaje de votación nacional emitida.

No obstante, las diversas fuerzas políticas han encontrado la forma de romper esas barreras, a través de las coaliciones (y candidaturas comunes en el ámbito local). Tal es el caso de esta elección, en la que se han difundido proyecciones en que los miembros de la coalición ganadora, con una votación de aproximadamente el 54%, tendrán cerca del 73% de las curules.

La asignación de curules de RP no se ha llevado a cabo y seguramente será impugnada, porque claramente hay una distorsión en esa proyección. El motivo es relativamente sencillo de localizar, lo difícil es encontrar la solución. En una misma boleta se plasma un solo voto para mayoría relativa y RP. Por tanto, ese único sufragio tiene dos efectos, cuenta para la candidatura, pero también para los partidos políticos. En mayoría relativa se votan personas candidatas, en RP listas presentadas por partidos políticos.

La cosa se complica al desdoblar esa votación en los casos de las coaliciones que postulan a la misma persona, porque es precisamente cuando se genera esa distorsión. Un solo voto va para una candidatura, pero también para varios partidos. Soluciones hay. Lo que veremos en los próximos días es la decisión del INE al hacer las asignaciones, el ingenio de los abogados que preparen las impugnaciones y, por supuesto, la decisión que al final tome el Tribunal Electoral, máxima autoridad que tutela el respeto a la Constitución. Lo que toca es estar atentos, porque lo que está en juego no es menor.

POR GABRIEL MENDOZA ELVIRA
ABOGADO CONSULTOR 
@GMENDOZAELVIRA

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