COLUMNA INVITADA

Erigir un municipio es fácil…en el papel

Parece relativamente fácil, pero solo en la teoría. La realidad es otra cosa

OPINIÓN

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Jorge Chessal / Columna Invitada / Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: El Heraldo de México

El municipio es la base de su división territorial y de la organización política y administrativa de los estados, para cuya creación se tomarán en cuenta criterios de orden demográfico, político, social y económico, así como, en su caso, consultar a la ciudadanía de los municipios interesados a través de plebiscito.

En el caso de San Luis Potosí, la Ley Orgánica del Municipio Libre agrega más requisitos, como es el que medie solicitud por escrito de los interesados, respaldada con el nombre, las firmas y el número de credencial de elector, de cuando menos 25% de los ciudadanos inscritos en la Lista Nominal de Electores de la circunscripción territorial que se pretenda erigir como municipio, que tengan un censo de población no menor de 20 mil habitantes, que cuenten con los recursos económicos suficientes para cubrir las erogaciones que requiera la administración pública municipal, que el centro de población señalado como cabecera municipal cuente con los inmuebles e instalaciones necesarios para el funcionamiento de los servicios públicos municipales esenciales, que se tome en cuenta la opinión -expresada por escrito- del Ejecutivo del estado así como de los ayuntamientos afectados por la posible creación del municipio, y que  a criterio del Congreso del estado no se perjudique la subsistencia de los demás municipios.

Parece relativamente fácil, pero solo en la teoría. La realidad es otra cosa. El día 22 de julio pasado el Congreso de San Luis Potosí erigió como el municipio número 59 a Villa de Pozos, luego de una intentona fallida a finales del año pasado, más con fines electorales que otra cosa. Fue frenada mediante suspensiones otorgadas en juicios de amparo promovidos por ciudadanos inconformes con la segregación territorial que impactaría en el municipio de San Luis Potosí capital. Estos juicios de amparo siguen su trámite y, aún y cuando las suspensiones se hubieran revocado, la prudencia quizá aconsejaría que se resolvieran de fondo antes de decretar la formación del nuevo municipio.

Pero como en caprichos políticos no cabe la reflexión, el Congreso se lanzó al ruedo, dejando, por supuesto, ciertos huecos en este asunto que eventualmente pueden afectar a los habitantes de Villa de Pozos.

¿Se ha dicho lo suficiente que apenas van a ver, dice el decreto, cómo arreglan lo de las participaciones federales para Villa de Pozos y tenga recursos suficientes para salir adelante; pero que en 90 días deben conveniar con el municipio de la capital cuánta deuda se les transfiere y qué obligaciones de crédito tendrán a cargo? Apenas naciendo y ya debiendo.

Y ni qué decir del gobierno municipal, que se dejará a cargo de un Concejo por casi tres años y no se toman providencias para una elección extraordinaria, porque, al decir de los diputados, no está prevista en la ley.

O no saben leer bien, o alguna perversidad esconden.

Y conste que no hablamos del pasivo laboral que se generará para ambos municipios.

POR JORGE CHESSAL
PRESIDENTE 2024-2026 DEL CAPÍTULO SAN LUIS POTOSÍ DE LA BARRA MEXICANA DE ABOGADOS
@JCHESSAL

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