COLUMNA INVITADA

El tirano y su calabozo

En los últimos seis años de desgobierno hemos atestiguado un abandono total del ámbito de la justicia

OPINIÓN

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Jorge Romero Herrera / Columna invitada / Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: Especial

En la antigüedad los tiranos tenían el poder de encarcelar a quienes consideraran sus enemigos. De la misma manera disponían del derecho absoluto de liberar a cualquier criminal que dispusieran.

En la medida en que la cultura, el derecho y la política fueron evolucionando el derecho penal fue sometido a un proceso de racionalización. La división de poderes fue una respuesta de la filosofía política a la concentración de poderes. En la medida en que el esquema constitucional de pesos y contrapesos avanzaba en los países, se consolidaban igualmente los derechos de libertad de las personas.

Uno de los ámbitos en que tuvo los mayores impactos la división de poderes fue en el campo del derecho punitivo: se reconocía que el estado es el único que tiene el derecho a castigar y esa potestad se tendría que realizar de manera democrática, aplicando las leyes previamente expedidas con un catálogo claro de conductas y sanciones y a través de procedimientos en que cada uno de los poderes habría de intervenir, con la finalidad de evitar atropellos y abusos de los poderosos.

Derivado de la división de poderes, el poder legislativo fiscaliza y vigila al poder Ejecutivo en sus funciones y establece las leyes que establecen los delitos y las penas, atendiendo a los principios humanistas enunciados por el Marques de Beccaria, el poder ejecutivo investiga los delitos, presenta las acusaciones (salvo en estados donde la función de fiscalía la desempeñan órganos autónomos), administra la aplicación y ejecución de sanciones penales y el poder judicial califica y valida los actos de molestia y tiene la facultad soberana de emitir las sanciones penales, ya sea a través de jueces profesionales o mediante órganos de jurado popular.

Todos los sistemas de justicia del mundo son perfectibles, bajo esas premisas y principios fundamentales. En el caso de México, la evolución democrática ha ido auspiciando una paulatina mejora del sistema penal. Sin embargo, en los últimos seis años de desgobierno hemos atestiguado un abandono total del ámbito de la justicia, especialmente en el espacio de la justicia penal.

De hecho, en diversos componentes de esta importante área de la vida pública hemos visto un retraso que se acredita con niveles históricos de impunidad e injusticia que además alimentan el ciclo de la inseguridad y la violencia.

Ante el desolador panorama, el presidente persiste en su intentona autoritaria de concentrar facultades y hacer más fuerte al Poder Ejecutivo en detrimento de los derechos y libertades de los ciudadanos. Ahora lo hace con iniciativas que exacerban el autoritarismo y que forman parte de su plan de consolidación autocrática. Estamos ante el regreso de tirano y su calabozo.

Una de estas iniciativas es una reforma a la Ley de Amnistía de 2020. Dicha iniciativa, aprobada por el partido oficial en el Senado, pretende ampliar las hipótesis de procedencia de la amnistía que se plasman en la ley vigente, que son: aborto, homicidio en relación con el parentesco (modalidad de aborto), narcomenudeo (algunas modalidades), robo simple y sin violencia por montos menores a 60 mil pesos, sedición (algunas modalidades).

En esta enmienda se propone dar facultades al presidente para perdonar  a personas que hubiesen cometido cualquier delito siempre que aporten elementos comprobables, se encuentren en proceso o hubiesen sido condenados, y que resulten u´tiles para conocer la verdad de los hechos en casos que sean relevantes para el Estado Mexicano, de acuerdo con el criterio exclusivo del propio presidente.

En la reforma no existe una definición legal de “caso relevante para el Estado Mexicano”, por lo que, como en todo lo que hace Morena, se genera incertidumbre e inseguridad jurídica.

La redacción tal y cómo se encuentra planteada vulnera la división de poderes y las facultades establecidas en favor de cada ámbito del poder público en la materia, puesto que deja sin sustancia de manera injustificada las bases legislativas del ejercicio del denominado ius puniendi, dejando de manera exclusiva en el arbitrio del titular del ejecutivo la concesión de ese beneficio de manera desproporcionada.

En términos reales se está concediendo al presidente el poder omnímodo de “perdonar y olvidar” a cualquiera, por cualquier hecho, por grave que esto sea.

La reforma sobrepasa la naturaleza tradicional de la figura de la amnistía que implica la concesión del beneficio para determinados casos, caracterizados por cierta temporalidad u otras circunstancias determinadas por la política criminal. El establecer la facultad de brindar amnistía en general bajo la determinación de una especie de criterio de oportunidad en favor del ejecutivo, sin control judicial y sin escuchar a las víctimas, transgrede los principios y reglas del acceso a la justicia y del debido proceso.

Enfrentamos un intento de avanzar en la imposición de una agenda autoritaria que persiste en la concentración de facultades para el presidente en detrimento de la sociedad, víctimas y otros poderes.

De antemano anunciamos nuestra más firme postura de oposición a las mismas, así como que acudiremos ante la Suprema Corte de Justicia a combatir las leyes inconstitucionales que la mayoría y sus aliados van a aprobar, sin cambiar una sola coma, según su antidemocrática costumbre.

POR JORGE ROMERO HERRERA

Coordinador del GPPAN y presidente de la Jucopo

@JorgeRoHe

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