COLUMNA INVITADA

¿Conoceremos las tendencias electorales el mismo día de la elección?

OPINIÓN

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Fernando Diaz Naranjo / Columna Invitada / Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: El Heraldo de México

Un referente siempre importante en cada proceso electoral es contar con información sobre las tendencias electorales ya que, lo que está en juego, es la renovación del poder público en distintos niveles que, para esta elección estamos hablando de más de 20 mil cargos de elección popular.

Partidos políticos, coaliciones, candidatas y candidatos, y medios de comunicación estarán a la espera de lo manifestado por las y los ciudadanos en las más de 170 mil casillas que serán instaladas a lo largo y ancho del país ya que son ellos quienes, con su voto, definirán el rumbo de este país por los próximos años.

Por ello, el Instituto Nacional Electoral (INE) de acuerdo con sus atribuciones, estará desarrollando dos interesantes ejercicios.  El primero es su Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP); sistema que se basa en la captura y publicación de los datos registrados por las y los funcionarios de casilla en las actas de escrutinio y cómputo.  

El PREP no tiene efectos jurídicos respecto a los resultados preliminares que emite, por lo mismo este sistema no es una herramienta usada para declarar el cómputo de una determinada elección, pero si permite registrar una tendencia electoral por la noche del mismo día en que se celebró la jornada electoral.

Para su óptimo desarrollo, el INE conformó un Comité Técnico Asesor del PREP que brinda asesoría técnica para su diseño y operación de este importante programa.

Además de este sistema el INE tiene contemplado llevar a cabo conteos rápidos para dar las tendencias electorales incluso antes de los resultados del PREP para determinados cargos.

Estos ejercicios se basan en un procedimiento estadístico que estima los resultados finales de la elección bajo una muestra aleatoria de todas las casillas instaladas el día de la jornada electiva.

Para ello, tal cual se ha realizado en otras elecciones, la muestra se obtiene a través de un proceso matemático que garantiza la confiabilidad de los resultados estimados de las tendencias electorales.

Bajo este contexto, el INE aprobó la realización de 3 conteos rápidos para las elecciones federales de la Presidencia de la República, de Senadurías y Diputaciones, así como 9 conteos rápidos para las elecciones locales, concretamente para la renovación de las 8 gubernaturas y la jefatura de gobierno de la Ciudad de México.

Esto le permitirá a la autoridad electoral federal dar a conocer las estimaciones respectivas, lo que contribuirá a dar certeza y transparencia en los resultados electorales.

Para llevar a buen puerto este proyecto, el INE conformó de igual manera, un Comité Técnico Asesor de los conteos rápidos cuyas funciones serán principalmente la de definir el tamaño de la muestra, las características de la selección de la muestra, los procedimientos de estimación de los intervalos de confianza, etcétera.

Sobre la realización de estos ejercicios, el INE cuenta ya con una vasta experiencia ya que, desde 1994 los ha llevado a cabo para distintos cargos de elección popular.

Esto significa que, para el caso de la Presidencia, las Senadurías, las Diputaciones, las gubernaturas y la jefatura de gobierno de la Ciudad de México, tendremos información oportuna que nos permita identificar las tendencias electorales.  

Para el resto de las elecciones, por parte de la autoridad electoral federal, el PREP será el indicativo de dichas tendencias conforme avance la captura en el transcurso de las horas posteriores a la jornada electoral.

Estos ejercicios son totalmente independientes de las encuestas que presenten diversos medios de comunicación, casas encuestadoras, entre otras.

Ahora bien, no obstante, tanto el PREP como los conteos rápidos son solo instrumentos de información, los resultados finales, al menos a nivel federal, serán los que se emitan a partir del miércoles siguiente al día de la jornada electoral, dejando a salvo, tal cual lo dispone la legislación electoral, los derechos de los actores políticos de presentar los medios de impugnación que estimen pertinentes ante las instancias jurisdiccionales.

POR FERNANDO DÍAZ NARANJO

COLABORADOR

PAL

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