COLUMNA INVITADA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación como garantía institucional de la democracia

La confiabilidad institucional de los poderes judiciales es el punto determinante que respalda y justifica la existencia de estos en los Estados que se dignen de ser democráticos

OPINIÓN

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Juan Luis González Alcántara / Columna Invitada / Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: Especial

El jurista y filósofo argentino Ernesto Garzón Valdés señalaba que la autonomía judicial y la adhesión a los principios constitucionales como signos determinantes de los poderes judiciales nunca serán excesivas.

Podemos entrar a la discusión –estéril, en mi opinión– sobre el origen democrático o no de las Cortes Supremas y de los Tribunales Constitucionales y cómo las decisiones de éstos inciden en las decisiones de los órganos ejecutivos y legislativos –de los cuales no se pone en duda la legitimidad electoral que les respalda, pero bajo el entendido de que la democracia no se reduce solamente al proceso electivo, ni a la representación política–. Tampoco se pone en duda el carácter que Cortes y Tribunales tienen como “inspectores de calidad” –como los califica el propio Garzón Valdés–, al tener la última palabra en aras de mantener el régimen democrático que es pauta constitucional y lo pueden hacer porque son confiables.

La confiabilidad institucional de los poderes judiciales es el punto determinante que respalda y justifica la existencia de estos en los Estados que se dignen de ser democráticos. Confianza que se deposita en ciudadanos y gobernantes en cuanto a la decisión última sobre los problemas nacionales que, como ya he mencionado, se sustentan en autonomía y adhesión a los principios constitucionales.

El gran viajero y observador político Alexis de Tocqueville se refería a los excesos de las mayorías como la enfermedad republicana. La regla de la mayoría es inherente a las democracias, de eso no cabe la menor duda. Pero, como en todo modelo institucional, deben existir contrapesos que procuren la estabilidad. Y uno de esos contrapesos son las Cortes Supremas que logran, mediante la valía de las disposiciones constitucionales, restringir los excesos –hasta naturales– derivados de las discusiones mayoritarias.

Parafraseando nuevamente a De Tocqueville, los poderes judiciales en forma racional, pausada, discreta, mediante el golpe de la jurisprudencia, a través de la creación de un cuerpo doctrinal, encauza la estabilidad institucional y protege a las instituciones democráticas.

No debe extrañarnos que, precisamente, hace pocos días el embajador de Estados Unidos en México, Ken Salazar, calificó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación como una institución para la democracia. Y no sólo es diplomacia, es una verdad acreditada, a pesar del reproche o la crítica furibunda de quienes les incomoda tener a un inspector de calidad, confiable y constitucional.

POR JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCANTARA CARRANCÁ

MINISTRO DE LA SCJN

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