COLUMNA INVITADA

Francia: la constitución y la libertad de las mujeres para decidir

En las leyes fundamentales, además, se plasman las aspiraciones legítimas de una sociedad: esos temas que, incluso sin contar todavía con un respaldo unánime, representan reivindicaciones justas que exigen validación y protección

OPINIÓN

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Claudia Ruiz Massieu / Colaboradora / Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: Especial

Una constitución es el espacio donde se consagran los consensos fundamentales de una sociedad nacional. La forma de organización política; pero, sobre todo,  los valores y principios que sirven como base para su convivencia social, que sustentan el régimen de derechos y libertades de sus habitantes.

El reconocimiento constitucional de los derechos no sólo les otorga un estatus legal superior, que aporta las garantías necesarias para su protección; también establece obligaciones para las autoridades, al tiempo que limita su ámbito de acción, protegiendo a las personas frente a posibles arbitrariedades.

En las leyes fundamentales, además, se plasman las aspiraciones legítimas de una sociedad: esos temas que, incluso sin contar todavía con un respaldo unánime, representan reivindicaciones justas que exigen validación y protección. Es el caso de los derechos de las mujeres y la traducción del principio de igualdad sustantiva en los distintos ámbitos de nuestras vidas.

La semana pasada, Francia se convirtió en el primer país del mundo en incluir explícitamente la interrupción voluntaria del embarazo en su constitución; el párrafo adicionado al artículo 34 establece que “la ley determina las condiciones en las que se ejerce la libertad garantizada para la mujer de recurrir a la interrupción voluntaria del embarazo”. La votación de esta reforma superó con creces la mayoría calificada (de tres quintas partes) requerida.

Ahora bien, en Francia la interrupción voluntaria del embarazo ya era legal desde 1975, y goza de un amplio apoyo social. ¿Por qué entonces añadirla a la norma suprema? Se trata de consagrar este como un derecho fundamental, una libertad esencial; entre otras razones, ante el ascenso de grupos con ideologías extremas –y el fortalecimiento de su incidencia política– que se oponen a muchas de las conquistas que han alcanzado las mayorías plurales y minorías diversas.

Esta reforma constitucional es un recordatorio para las mujeres de todo el mundo: no podemos cantar victoria, ni mucho menos dar por sentado lo mucho que hemos logrado en la lucha por la igualdad, el empoderamiento y el reconocimiento pleno de nuestros derechos. Ni la historia ni el progreso son lineales; los avances que hemos conseguido continúan amenazados desde distintos frentes, desde la intolerancia pura hasta la demagogia electoral deliberada, o la simple cobardía de gobiernos que quieren deslindarse de los temas sensibles y someter los derechos a consulta.

En México, la interrupción del embarazo es un asunto que aún divide a la sociedad. Una definición pendiente, que resulta cada vez más impostergable. No todo debe ser consagrado en una constitución, como muchos políticos hacen buscando más efectismo electoral que consecuencias sustantivas; pero sí es materia constitucional y debe reconocerse como tal aquello que representa las bases más firmes y los anhelos más entrañables de una sociedad.

Francia, como en 1789, está marcando la agenda y poniendo el ejemplo: la opción de poder decidir sobre la interrupción del embarazo no es un asunto de discusiones morales, de convicciones religiosas ni de rentabilidad electoral: es un asunto de justicia y de derechos en un país libre.

POR CLAUDIA RUIZ MASSIEU

@RUIZMASSIEU

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