MISIÓN ESPECIAL

¿Genocidio en Gaza? (III)

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) ordenó a Israel instrumentar medidas cautelares al amparo de la Convención sobre Genocidio

OPINIÓN

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Martha Bárcena Coqui / Misión Especial / Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: Especial

El 26 de enero la CIJ ordenó a Israel implementar medidas cautelares en Gaza. Es importante, primero porque la CIJ admitió su competencia para dirimir las diferencias de interpretación sobre la aplicación de la Convención sobre Genocidio, con base en el art. IX que Sudáfrica invocó e Israel rechazó. Segundo, porque aún sin dirimir el fondo del asunto, sobre la comisión de genocidio, la CIJ consideró admisibles los argumentos de Sudáfrica de daños irreparables y, con base en ellos, ordenó dichas medidas.

Si bien la CIJ no dictaminó el cese inmediato de hostilidades, que decepcionó a los palestinos y produjo alivio en Israel, aprobó las siguientes medidas jurídicamente vinculantes, aplicables de inmediato por Israel:

  • Evitar y prevenir la comisión de los actos considerados en el art. II de la Convención sobre genocidio, incluyendo la muerte, el daño físico o mental a la población palestina en Gaza, así como aquellos que puedan conducir a su desaparición y asegurar que su ejército no los cometa.
  • Prevenir y castigar la incitación a la comisión de genocidio en Gaza. En especial referencia a las declaraciones de miembros del gobierno israelí.
  • Garantizar de manera inmediata y efectiva, los servicios básicos necesarios y la ayuda humanitaria para enfrentar las condiciones adversas a la población palestina en Gaza.
  • Prevenir la destrucción de evidencias relacionadas con posibles actos genocidas.
  • Someter un informe sobre el cumplimiento de las medidas dentro de un mes.

Otros aspectos relevantes de la decisión de la CIJ fueron su llamado a la liberación de los rehenes israelíes de manera inmediata e incondicional y la obligatoriedad de la aplicación del derecho internacional humanitario por todos los actores, incluyendo Hamás.

Las reacciones fueron, en general, positivas. Sudáfrica señaló que “fue una victoria decisiva para el derecho internacional y un paso fundamental en la búsqueda justicia para el pueblo palestino.” Diversos expertos en derecho internacional encomiaron la decisión de la CIJ que no se politizó.

El PM de Israel, criticó la decisión e insistió en su improcedencia, pero quedó en una posición más débil que resta credibilidad a su narrativa de “víctima”.

La decisión de la CIJ es un reto a todos los países para acatar el derecho internacional cuando la reiterada aplicación de medidas unilaterales, inclusive el uso de la fuerza, sin la necesaria aprobación de las Naciones Unidas, resta fuerza a un orden internacional basado en leyes y normas.

Por otro lado, la actuación de la CIJ, basada en el derecho internacional, puede ayudar a cerrar la creciente brecha entre el Occidente y el Sur Global si Israel y los países occidentales que lo han apoyado, se abocan a aplicar las medidas dictadas por la CIJ. El siguiente paso será hacer cumplir a Israel las resoluciones de Naciones Unidas para establecer el Estado Palestino.

POR MARTHA BÁRCENA
EMBAJADORA EMINENTE

@MARTHA_BARCENA

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