COLUMNA INVITADA

La Consejería Jurídica contra resoluciones emitidas por el INAI

En la lista de asuntos para la sesión del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) del pasado 10 de agosto había 22 recursos de revisión en materia de seguridad nacional promovidos por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal en contra de resoluciones emitidas por el INAI

OPINIÓN

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Julieta del Río / Columna Invitada / Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: Especial

De acuerdo con el artículo sexto constitucional, las resoluciones del INAI son vinculatorias, definitivas e inatacables para los 8 mil 272 sujetos obligados que hay en el país. Es decir, nuestra Carta Magna respalda la existencia de un organismo autónomo, especializado, imparcial, colegiado [...] responsable de garantizar el cumplimiento del derecho de acceso a la información pública y a la protección de datos personales.

A pesar de ello, en la lista de asuntos para la sesión del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) del pasado 10 de agosto había 22 recursos de revisión en materia de seguridad nacional promovidos por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal en contra de resoluciones emitidas por el INAI.

Si bien la propia Constitución faculta al Consejero Jurídico para interponer estos recursos, dichos instrumentos jurídicos han ido a la alza. De acuerdo con una búsqueda en los archivos de la Corte, existen 47 recursos de revisión –en trámite y concluidos– en materia de seguridad nacional previstos en la Ley General de Transparencia, de los cuales solo cuatro se presentaron en el sexenio anterior y 43 bajo la actual administración.

Existe una voluntad política del gobierno federal –y la situación actual del INAI lo demuestra– para no transparentar la información pública. Por ejemplo, una de las impugnaciones por parte de la Consejería Jurídica listadas en la Corte es en contra del recurso de revisión 14706/22, el cual resolvió la Ponencia a mi cargo.

En dicho expediente, se solicitó a Semarnat el escrito presentado ante la Oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos en contra de una empresa subsidiaria de una minera estadounidense. Semarnat clasificó como reservada la información; sin embargo, el INAI revocó esta respuesta, pues la información es de naturaleza pública dado que está relacionada con daños al medio ambiente.

Asimismo, la Consejería Jurídica está promoviendo la reserva de la información –por motivos de seguridad nacional– de declaraciones patrimoniales o de contratos para la adquisición de vacunas contra el covid-19, recursos donde el INAI previamente revocó o modificó la respuesta.

Recordemos que –conforme al artículo 110 de la Ley Federal de Transparencia– es posible reservar información que “comprometa la seguridad nacional”; no obstante, tal consideración debe fundamentarse en una prueba de daño para evitar su uso discrecional. En los próximos meses, el Máximo Tribunal del país será quien realice la ponderación de cada recurso de revisión.

De igual forma, el próximo 23 de agosto en la SCJN se resolverá el recurso de reclamación que interpusimos en el INAI, con la intención de poder sesionar con los cuatro comisionados que actualmente integramos el Instituto, para así poder votar los 8 mil 28 medios de impugnación que tenemos pendientes.

Nosotros juramos cumplir y hacer cumplir la Constitución, y ese es nuestro encargo.

POR JULIETA DEL RÍO
COMISIONADA DEL INAI
@JULIETDELRIO

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