COLUMNA INVITADA

Justicia digital en Código de Procedimientos Civiles

El rezago que existe en los poderes judiciales locales, hacen que la justicia digital no sea igual para todos

OPINIÓN

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Hilda Nucci / Columna Invitada / Opinión El Heraldo de México Créditos: Especial

La justicia digital se incorpora en el libro octavo del recién publicado Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares. En este sentido, a partir de su entrada en vigor —misma que será gradualmente, sin que pueda exceder del 1 de abril de 2027—, las partes involucradas tendrán el derecho de optar voluntariamente por llevar los procedimientos judiciales regulados en él en la modalidad en línea, de forma gratuita, equitativa y segura.

Lo anterior, mediante el uso de la firma electrónica avanzada, expedientes electrónicos, diligencias y audiencias presenciales o a distancia, indistintamente.

De acuerdo con este ordenamiento, los poderes judiciales deberán contar con sistemas de justicia digital actualizados y funcionales, que resguarden la información de los usuarios y garanticen la ciberseguridad.

Sin embargo, el fuerte rezago que existe en los poderes judiciales locales, en donde sólo 75% cuenta con un expediente electrónico avanzado, únicamente 50% tiene plataformas para presentar demandas y promociones en línea y 46% de estos poderes tienen acceso a la firma electrónica, aunado a la falta de capacitación de los miembros del Poder Judicial y de los abogados, hacen que la justicia digital no sea igual para todos.

Por si fuera poco, la falta de acceso a internet de al menos 30% de la población nacional, los retos normativos pendientes en materia de protección de datos personales en el ámbito digital y la falta de una normatividad en matera de ciberseguridad, además de las recientes acciones de austeridad y racionalidad en el ejercicio de los recursos públicos, tornan casi imposible que a un corto plazo todos podamos acceder a una justicia digital.

Veamos, en el ejercicio fiscal de 2023, la Cámara de Diputados aprobó un presupuesto de 5 mil 733.9 millones de pesos para el Poder Judicial, es decir mil 425 millones 136 mil 615 pesos inferior de lo que éste había solicitado. La reducción presupuestal hace que la reestructuración tecnológica se vea afectada, al imposibilitar la inversión y mejora en la calidad y cantidad de las herramientas digitales necesarias para la impartición de justicia.

Por ello, es ineludible que el gobierno se concientice y realice una mayor inversión en infraestructura, a fin de disminuir la brecha digital y asignar mayores recursos para lograr una homogeneidad en el acceso a la justicia digital, e igualmente para capacitar al personal judicial y los usuarios en una educación digital incluyente. De lo contrario, la justicia digital no será accesible, asequible, eficiente y confiable para todos.

Es lamentable que el legislador olvidó incorporar a la Inteligencia Artificial en este Código, pero al menos incorpora a la e-justicia en los procedimientos civiles y familiares.

Es inminente consolidar la implementación adecuada de este sistema digital para que constituya una realidad para todos.

POR HILDA NUCCI

COLABORADORA

@HILNUCCI

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