COLUMNA INVITADA

Veto a nombramientos del Senado ¿Potestad consecuente?

La reciente objeción del titular del poder ejecutivo a los nombramientos de dos comisionados del INAI

OPINIÓN

·
Francisco Acuña Llamas / Columna invitada / Opinión El Heraldo de México Créditos: Especial

La reciente objeción del titular del poder ejecutivo a los nombramientos de dos comisionados del INAI, trajo al debate el significado de esa atribución o potestad que tiene el Presidente de la República, por cierto, estrenada por el poder ejecutivo el pasado 15 de marzo. 

De manera inesperada se difundió esa tarde cuando ya casi se cumplían los diez días hábiles que contempla la normatividad para la eventual objeción a los dos perfiles elegidos apenas el día 1º del mes que corre habían sido nombrados. Situación que -dígase de paso- mantiene al Senado entrampado para evitar que el INAI caiga en inoperancia sustantiva el próximo 1º de abril. 

Sin duda merece reflexión calibrar si es consecuente cualquier participación del poder ejecutivo en los nombramientos de integrantes de instituciones autónomas que deben tener con aquel una relación de supervisión y control republicano. 

Anticipo que realmente, los efectos del veto presidencial respecto del nombramiento del Senado para el caso de cotitulares de órganos autónomos, no es conveniente. Curiosamente, solo está previsto para los comisionados del INAI. 

En el caso de los integrantes de la COFECE e IFT el diseño normativo es peor, porque le da al titular del poder ejecutivo la potestad de enviar al Senado a quienes propone. 

En esa perspectiva, el Ejecutivo no participa en el nombramiento senatorial del titular del Banco de México; ni en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; tampoco en el de la Fiscal General de la República y, nadie puede dudar que, en los tres casos, se trata de personas muy cercanas al presidente, tanto que fueron sus inmediatos colaboradores (SHCP y PGR respectivamente) y hasta ligada a su movimiento al margen de militancia estrictamente comprobable la titular de la CNDH.  

En el caso de los consejeros del INE la decisión recae en la Cámara de Diputados y tampoco está prevista la intervención del Poder Ejecutivo. 

Desde el comienzo de su administración, el presidente Andrés Manuel López Obrador ha dejado en claro qué no comparte la operación de los OCAs, que no cree en ellos y que tiene una particular aversión a la existencia y funcionamiento de algunos. En esa línea de malquerencia se encuentra el INE y después el INAI, eso es evidente. 

A las claras, el presidente se puede ver reflejado en la definición de esos nombramientos a través de su bancada que, aunque no tenga el número de votos suficientes para nombrar por sí misma a titulares de encargos de estos organismos, puede “longa manus”, impedir los nombramientos dinamitando los acuerdos parlamentarios o exigir que se excluyan a algunos candidatos o negociar con ventaja para conseguir que queden sus favoritos. ¿Para qué contaminar los nombramientos de referencia con la injerencia formal del poder ejecutivo?  Si puede hacer lo mismo, pero al menos sin dejar sus huellas directamente. No olvidemos que, la independencia de los órganos autónomos es por definición respecto del Poder Ejecutivo que ha sido y sigue siendo epicentro del poder público y, a pesar de la larga transición democrática, sin demasiados límites. 

Se pretende revestir de normalidad democrática el que el ejecutivo ejercite su veto a unos nombramientos que no ha podido el Senado procesar por falta de acuerdos parlamentarios, acaso es cierto que existen senadores que no están convencidos en salvar la permanencia del INAI. 

POR FRANCISCO ACUÑA LLAMAS 

COMISIONADO DEL INAI 

@F_JAVIER_ACUNA  

MAAZ