COLUMNA INVITADA

El agua se cuida, se mide y se administra

De acuerdo con la Ley de Aguas Nacionales, las empresas, los organismos operadores que abastecen de agua

OPINIÓN

·
Germán Arturo Martínez Santoyo / Columna Invitada / Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: Especial

De acuerdo con la Ley de Aguas Nacionales, las empresas, los organismos operadores que abastecen de agua a la población y todos los que tengan una concesión de agua de una cuenca o acuífero del país con cualquier uso, tienen la obligación de medir el consumo que realizan de aguas superficiales y subterráneas, así como registrar y reportar conforme a la Ley Federal de Derechos. Hay 3 objetivos principales: conocer la disponibilidad de los cuerpos de agua, manejo integral y contribuir a la recaudación. 

A mediados del año pasado, los concesionarios no contaban con aparatos de medición instalados que reportaran el volumen de agua utilizado ante la autoridad o no cumplían con las características adecuadas, generando ineficiencia y mala administración del recurso hídrico y en ocasiones declaraciones por debajo de lo aprovechado. 

En julio de 2022 entró en vigor la Norma Mexicana de Medición NMX-AA-179-SCFI-2018, que coadyuvará a lograr que todos los usuarios de aguas nacionales cumplan correctamente con el reporte de los volúmenes de aguas nacionales efectivamente usados, explotados y aprovechados, que permitirá su administración, evitando acaparamiento y sobreexplotación. 

La norma, establece las especificaciones para la instalación de medidores de volúmenes para aguas subterráneas o superficiales, así como la obligación de trasmisión de lecturas vía remota, eliminando espacio para la manipulación de los volúmenes.  

Para su implementación, se consideran 4 estándares de competencia y conlleva contratación de personal certificado, para la instalación de medidores y para visitas de verificación y supervisión. El primero, ya es obligatorio y se encuentra dirigido principalmente al sector industrial y público urbano que aprovecha pozos de agua. Los 3 estándares restantes son puntos de extracción de agua superficial, como son ríos, canales, lagunas, entre otras; para estos casos, será a mediados de este año y a inicios de 2024 para implementar su cumplimiento.  

Actualmente, empresas de diversos sectores como energía, bebidas, papel, químicos, etcétera, ya cuentan con medidores instalados en cumplimiento a la norma mexicana y ya transmiten volúmenes vía remota. A pesar de los avances logrados, es fundamental que todos los sectores involucrados cumplan con el cambio, que tendrá un impacto a largo plazo en la gestión integral del agua, tema de interés público.  

La suma de esfuerzos entre autoridades, empresas y sociedad a partir de esta nueva normatividad marcará un antes y un después en materia de medición de aguas nacionales y, con ello, el Estado podrá garantizar el derecho humano al agua, realizando una distribución equitativa a toda la sociedad, conforme a la disponibilidad efectiva de las cuencas y acuíferos del país.  

Nos encontramos ante un escenario sin precedentes, que permitirá transformar la manera en que se aprovecha el agua en el país, con un amplio sentido social, de justicia hídrica y también de desarrollo. Recordemos que medir es conservar. 

Germán Arturo Martínez Santoyo

Director General de la Comisión Nacional del Agua 

@GermanMSantoyo 

MAAZ