TRANSPARENCIA 3.0

Validan peticiones por Twitter

Ministros de la Corte ordenaron a una institución pública a atender lo requerido por esta red social, convirtiéndola así en una vía de comunicación

OPINIÓN

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Naldy Rodríguez / Transparencia 3.0 / Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: Especial

La Suprema Corte de Justicia de la Nación validó una petición ciudadana realizada a través de Twitter, ordenado a la institución pública a atender lo requerido por esta red social, convirtiéndola así en una vía de comunicación.

Para llegar a esa conclusión, los ministros de la Primera Sala partieron de la premisa de que se debe tratar de una cuenta “oficial” de una autoridad y por lo tanto no ser privada.

Analizaron también tres factores y actuaciones: que realmente sea manejada por una institución pública, que tenga reglas o lineamientos de uso (aunque no estén escritos o formalmente aprobados) y que existan indicios de que la red social se ha utilizado previamente para captar y, en su caso, atender peticiones de la ciudadanía. Desmenuzando la sentencia, en la segunda hipótesis, lo que examina meticulosamente es el uso que se le da a la cuenta de esta red social, es decir que no solo sea mediática o de diálogo.

Finalmente, se consideró la petición en sí misma, que en el caso que nos ocupa fueron tres realizadas al ayuntamiento de Guadalajara, que estas fueran “genuinas”, respetuosas y pacíficas. Así, la autoridad municipal deberá emitir los acuerdos necesarios para atender y contestar cada una de las solicitudes y notificar al usuario por la misma vía. En México, el contexto histórico y evolutivo de Twitter, demuestra que ha sido vertiginoso el uso de esta red en los 17 años de existencia que tiene. Así, se contabilizan entre 4 a 13 millones de usuarios en esta red social.

Por eso, en otras sentencias, cuando funcionarios bloquearon desde sus cuentas a otros usuarios, ya se había privilegiado el interés público, por encima del derecho a la privacidad. Y también, se había ponderado el uso que se le da a las cuentas. La sentencia tiene otro ingrediente, no solo el de derecho de acceso a la información en sus tres vertientes: buscar, recibir y difundir información. Va más allá obligando a las autoridades a la retroalimentación y atención. En pocas palabras, fomenta lo que debe ser el gobierno abierto.

Ahora las autoridades e instituciones deben analizar no solo el contenido de lo que publican en la red social conocida como el pajarito sino también la interacción y el contexto, para llegar a la retroalimentación o feedback. Vemos como el Derecho de Petición, que normalmente se ejercía a través de un escrito físico, llega a la comodidad de las plataformas digitales. Un avance sin duda, que tendrá que ir de la mano con la evolución de las leyes. Además, los razonamientos de esta sentencia dictada por unanimidad de votos se hacen obligatorios para aplicar y considerar por parte de autoridades jurisdiccionales federales y de las entidades federativas, tras la reforma Constitucional de 2021.

POR NALDY RODRÍGUEZ
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