COLUMNA INVITADA

Una vez más la Corte

Con la admisión de dichas acciones, comienza el juicio constitucional que, conforme a derecho, corresponde al Pleno de la Corte resolver sobre la constitucionalidad de la reforma de octubre a la Ley Orgánica del PJF

OPINIÓN

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José Lafontaine Hamui / Columna Invitada / Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: Especial

La verdad es que, a pesar de los claroscuros en criterios jurídicos, nuestra Suprema Corte de Justicia, ahora sin la presencia del impresentable Arturo Zaldívar, quien actualmente forma parte del equipo de campaña de Sheinbaum, representa la última defensa de nuestro estado de derecho. Como se esperaba, debido a su ilegalidad, el Ministro Javier Laynez suspendió la extinción de los fideicomisos del Poder Judicial Federal, solicitada a través de acciones de inconstitucionalidad interpuestas por senadores y diputados de la oposición.

Con la admisión de dichas acciones, comienza el juicio constitucional que, conforme a derecho, corresponde al Pleno de la Corte resolver sobre la constitucionalidad de la reforma de octubre a la Ley Orgánica del PJF. Esta reforma, que proponía concentrar en la Tesorería de la Federación los fondos acumulados durante décadas, incluyendo aquellos destinados a pensiones complementarias de jueces y magistrados, requiere para su detención el voto favorable de al menos ocho de los once ministros. La decisión de Laynez, que será impugnada por el Congreso y el Ejecutivo ante una Sala de la Corte, es poco común, ya que generalmente los ministros instructores no suspenden la vigencia de leyes impugnadas de forma preliminar.

Este caso tiene como precedente la suspensión otorgada por el Ministro Alberto Pérez Dayán a fines de 2018, que suspendió ciertos alcances de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, impulsada por la mayoría de Morena en el Congreso. La determinación de Laynez se basa en cerca de 17 suspensiones dictadas por jueces federales en amparos interpuestos por terceros interesados (personal, asociaciones y sindicatos del poder judicial), de las cuales al menos cinco ya son suspensiones definitivas, mientras que las restantes son provisionales.

Estas suspensiones, vigentes durante el juicio de amparo hasta resolver el fondo, se fundamentan en reclamaciones de violaciones a derechos constitucionales como la independencia judicial y el derecho humano al acceso a la justicia. La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal ha solicitado a la Corte atraer los recursos de queja y de revisión para impugnar las admisiones de estos amparos y las suspensiones definitivas. Sin embargo, esta atracción no es automática, y las últimas sesiones del año de las salas de la Corte y del Pleno serán cruciales para determinar el rumbo de estos recursos.

Las acciones admitidas por Laynez podrían considerarse como el criterio a seguir y una eventual sentencia que declare la invalidez de efectos generales. Cabe destacar que la Consejería Jurídica del Ejecutivo planteó el impedimento de Laynez para juzgar este caso, basándose en argumentos políticos y no jurídicos como ha sido la regla en esta administración. Sin embargo, el Pleno desestimó la petición por unanimidad, argumentando que en acciones de inconstitucionalidad no procede recusar a Ministros a menos que ellos mismos lo soliciten. A pesar de que este desenlace era previsible, esperamos el embate político del Presidente, ya que incluso esperaban esta resolución para continuar con sus ataques difamatorios contra nuestro máximo tribunal.

POR JOSÉ LAFONTAINE HAMUI

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