COLUMNA INVITADA

Criminalización del tabaco en México; una expresión pseudolegal de la represión del oficialismo cuatroteísta

La prohibición incluye a los vehículos utilizados en competencias deportivas y los uniformes, gorras o cascos de cualquier escudería; los videojuegos en cualquier formato; y los discos o dispositivos de almacenamiento de datos

OPINIÓN

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Ricardo Rubio / Columna Invitada / Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: Especial

Difícilmente se puede hacer apología de un vicio o de algo que dañe la salud, hacerlo desde luego sería contrario al espíritu del bien del que esencialmente devenimos todos los seres humanos, y nadie nace malo, eso es algo que se sabe por “natura”, pero también se sabe por  “natura” que el ser humano goza de libre albedrío en tanto no se afecten derechos de terceros y ese es el máximo derecho humano que todo Estado debe proteger por encima de cualquier otro por fundamental que pueda ser, ya que sobre el reposa la libertad, misma que cuya preservación soberana en el pasado ha costado millones de vidas, sufrimiento, hambre y dolor, y por desgracia la historia de México no escapa a esa dolorosa realidad.

Desde que se publicaron las reformas al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, el 16 de diciembre del 2022 en el Diario Oficial de la Federación, cuya entrada en vigor se dio el pasado domingo 15 de enero de 2023, se puede apreciar el sentido autócrata del decreto que reforma 31 artículos, deroga 11 y establece 4 transitorios en dicha normatividad, ya que en ninguna parte del decreto se motivan las razones del mismo, mucho menos se explican las valoraciones cualitativas ni cuantitativas de dichas reformas, lo que de principio constituye un actuar inconstitucional, e inconvencional, verbigracia conforme a lo establecido en el artículo 16° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos “todo acto de autoridad debe de estar debidamente fundado y motivado” para ser valido y ejecutable, hecho que no acontece en la especie con esta reforma reglamentaria.

Recordemos que esta reforma implicó la extensión  de los espacios libre de humo de tabaco a todos los lugares considerados de “concurrencia colectiva”, pues ahora se prohíbe fumar en patios, terrazas, balcones, parques de diversiones, área de juegos, deportivos, hoteles, playas, centros de espectáculos, canchas, estadios, arenas, plazas comerciales, mercados, hospitales, clínicas, iglesias o espacios de culto religioso, restaurantes y bares, además de paraderos de transporte. Los lugares de trabajo, las escuelas privadas o públicas de cualquier nivel y el transporte público también son considerados espacios libres de humo de tabaco, sin importar si están al aire libre o en espacios cerrados. Cabe señalar que la prohibición también abarca los vaporizadores y los cigarros electrónicos. Básicamente se condena a los fumadores al clandestinaje y practiamente a fumar en sus habitaciones, hogares e inmuebles o propiedades privadas, ya que los lugares públicos en los que se podrá fumar son muy limitados o prácticamente nulos.  

La nueva reglamentación además amplía las medidas aprobadas en 2008, como el etiquetado con advertencias sanitarias y la creación de espacios libres de humo de tabaco y prohíbe la exhibición directa o indirecta de productos de tabaco en estanterías, cajones, vitrinas y aparadores. A partir de ahora, las cajetillas de cigarros desaparecerán de la vista de los clientes en supermercados, tiendas de conveniencia y cualquier sitio que venda tabaco. En su lugar, los establecimientos ofrecerán una lista textual con el precio de cada producto. Tampoco estará permitido mostrar el logotipo, eslogan o los arreglos gráficos de las distintas marcas de cigarros. La prohibición incluye a los vehículos utilizados en competencias deportivas y los uniformes, gorras o cascos de cualquier escudería; los videojuegos en cualquier formato; y los discos o dispositivos de almacenamiento de datos.

Pero además prohíbe realizar publicidad por cualquier medio de comunicación, incluidos los anuncios en internet y a través de redes sociales, además del cine, la televisión y el teatro, y no solo limita la promoción y los anuncios explícitos, también incluye un apartado sobre los mensajes subliminales “que podrían alentar su consumo”, lo que por cierto institucionaliza un “tecnomito” o una “leyenda urbana”, ya que no existe ningún estudio concluyente sobre la influencia de la publicidad subliminal, por lo que imponerlo conceptualmente en el citado reglamento de control del tabaco constituye una seria irresponsabilidad, además de que dicho concepto no se liga en nada con los artículos reformados e incorporados, es decir se trata de un despropósito absoluto.

Cabe resaltar que las sanciones por incumplimiento a dichas disposiciones conforme a los artículos 45 a 55 de la Ley General para el Control del Tabaco estipula que el incumplimiento de las disposiciones tanto de la Ley como del Reglamento traerán aparejadas sanciones como amonestación con apercibimiento, multas que van desde las 100 hasta las 10 mil veces el salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate, y dependiendo la gravedad de la conducta pudiendo duplicarse las sanciones en caso de reinicidencia, clausura temporal o definitiva que podrá ser parcial o total y arresto hasta por 36 horas.

Entre los aspectos relevantes que se dejan de considerar en esta caprichosa imposición, esta el que no se estipulan las razones sanitarias estadísticas que lo justifiquen, pero tampoco se considera el impacto económico que esto implica y como es que se va a resarcir o mitigar el mismo, pues de acuerdo con el Consejo Coordinador Empresarial  (CEE) y la Asociación Nacional de Tiendas de Autoservicio y Departamentales (ANTAD) la venta de cigarros promueve el 15% de las ventas mensuales de las más de 6 mil tiendas registradas en el INEGI, que generan más de 2 millones de empleos a más de 5 millones de personas y abastecen el 52% de la demanda nacional, asimismo la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR) ha señalado que se verán afectados 1.5 millones de establecimientos, restaurantes y hoteles y que se pierde competitividad internacional al no poder fumar y consumir bebidas o alimentos al mismo tiempo ni siquiera en áreas libres, por su parte la Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX Ciudad de México), señala que afectará a 85 mil tiendas de abarrotes tan solo en la capital, y finalmente la Asociación Nacional de Pequeños Comerciantes (ANPEC) señaló que la medida afectará el 25 % de sus ingresos.

En esta tesitura es dable decir,  que prohibir  la exhibición  de un producto que es legal, atenta contra los principios de legalidad y libre comercio establecidos en nuestra Carta Magna en su artículo 5º, y desde luego es contrario a los Tratados de Libre Comercio de los que México es parte tales como el TLCAN ( Tratado de Libre Comercio con América del Norte) esecialmente en lo dispuesto en su artículo 102º incisos a) -que se refiere a la eliminación de obstáculos al comercio y facilitación de la circulación transfronteriza de bienes y servicios-  y c) – relativo al aumento de oportunidades de inversión-; dispositivos que estabelcen los objetivos primordiales del citado pacto internacional, pues constituye una actitud autoritaria, desproporcionada, y dictatorial el prohibir exhibir un producto que es legal y darle un tratamiento de ocultamiento como si se tratara de mercancía informal, prohibida o clandestina, por ello varios tratadistas y expertos en libre comercio han precisado que esta actitud del gobierno Mexicano podría fomentar un mercado negro, rebeldía social al acatamiento de las medidas en espacios al aire libre y en restaurantes, bares, hoteles, y centros de entretenimiento, siendo además imposible para la autoridad sanitaria federal o local la vigilancia absoluta de las medidas impuestas en todos estos lugares al mismo tiempo, por lo que se tratan de medidas o dificiles o de plano inviables en su vigilancia para su acatamiento.

En México de los 130 millones de mexicanos que conforman su población se estima que 15 millones son fumadores, y según datos del INEGI pierden la vida 63,000 personas al año, también datos de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) en la región hay cerca de un millón de muertes al año, ya sea por el consumo directo o exposición al humo, ello tomando en cuenta que en la región panamericana hay 142 millones de consumidores de tabaco, y 8 millones mueren al año en todo el mundo por esta causa, lo que claramente podría ser el fundamento de esta reforma reglamentaria si se hubiera confrontado estadisticamente con otras Enfermedades Cronicas No Trasnmisibles en México (ENT) para demostrar la necedidad de regular más energicamente el consumo del tabaco, pero no se estableció así en la motivación de la misma, ya que como se ha mecionado con anterioridad carece de toda motivación, aunado al hecho de que el Director de la Organización Mundial de la Salud (OMS) Tedros Adhanom,  señaló como “audaz” la medida impuesta, pero si analizamos el concepto de -audacia- podemos comprender que se trata de la capacidad para emprender acciones poco comunes sin temer las dificultades o el riesgo que implican, es decir no se trata de una medida sencilla en su aplicación por todas las resistencias y retos que enfrentara, por lo que las palabras del mencionado Director, pueden ser interpretadas también como un “veremos que sucede”, más que una celebración con campanas al vuelo, ya que dichas medidas tendrán que pasar el examen de convecionalidad y constitucionalidad internas e incluso exteriores.

Pero además son medidas que tienen un enfoque distorsionado y obtuso de la realidad sanitaria en México , ya que la mejor forma de combatir el tabaquismo no es con la imposición de medidas “paternalista-punitivas” sino con cultura concientización paulatina y sistemática que debió de preverse en el Plan Nacional de Desarrollo (PND 2018-2024) desde el inicio del sexenio, ya que medidas cómo está son de tratamiento transexenal,  y debieran de ser metas a largo plazo, sobre todo por quienes hoy padecen de tabaquismo y requieren de un tratamiento para poderles imponer una medida de esta naturaleza, además hay evidencia cientifica incontrovertible de que los cigarrillos electrónicos (vapeadores) se ha convertido en la mejor terapia para dejar de fumar, mejor incluso que las terapias de reemplazo como los parches de nicotina, los chicles, el tratamiento farmacologico o incluso la psicoterapia de acuerdo con estudios recientes y concluyentes del “Royal College of  Physicians Londres”.

Adicionalmente cabe señalar que esta “oclocrata” medida va en un contrasentido a los postulados cuatroteístas que se fundamentan  en el “prohibido- prohibir”, el cual constituye uno de los principales dogmas de “la izquierda del oficialismo mexicano”, pero al final con la medida gubernamental impuesta este gobierno de nuevo resulta congruente con “su incongruencia”.

Veremos al final que resulta de los amparos ya interpuestos por Walmart, Sanborns y diversas empresas y gremios empresariales que se ven seriamente afectados, uno de ellos ventilándose en el Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa con sede en la Ciudad de México, ya que con estas cicateras reformas reglamentarias se compromete el trabajo de millones de personas y el sustento de millones de familias, es absurdo que  por un lado se permita de forma permanente la utilización de la vía publica a restaurantes, cafeterías, y hasta bares al amparo de la reactivación económica, y por otro lado se instituyan medidas que dejarán sin poder llevar el pan y la sal dignamente a su casa a muchas mexicanas y mexicanos  honrados que sin ser fumadores ( incluso niñas y niños cuyos padres viven de ello) dependen de la industria del tabaco en México, igual de incongruente resulta que se permita el consumo y la comercialización de la marihuana incluso a las afueras de edificios públicos como el Senado de la República o el Congreso de la Ciudad de México y por otro lado se impida la exhibición para comercialización y consumo de un producto legal como lo son los cigarros.

A favor de la salud de las y los mexicanos sí, pero con responsabilidad para quienes padecen de tabaquismo y viven legal y honradamente de la industria del tabaco.

Así que como diría María Marván Laborde (Presidenta del Consejo Rector de Transparencia Mexicana) “De regreso a la obscura era de la Santa Inquisición y los prohibicionistas del tabaco que se sienten tan progres”, he aquí los que se quejan de los conservadores, juzgue usted quienes son los conservadores, retrogradas,  para muestra un botón véase la siguiente imagen:

POR DIPUTADO RICARDO RUBIO TORRES

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