COLUMNA INVITADA

Maurizio Fiovaranti, la reflexión histórica de las Constituciones y los derechos fundamentales

En segundo lugar, la comprensión constitucional desde la óptica de los derechos fundamentales, explicada mediante otra tríada conceptual según la dosis injerencista del Estado en el ámbito personal de las personas: el individualismo, el historicismo y el estatismo

OPINIÓN

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Juan Luis González Alcántara / Columna Invitada / Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: Especial

El pasado 19 de agosto, se dio a conocer la lamentable noticia del fallecimiento del jurista florentino, Maurizio Fioravanti.

Cuando parecía que la historia constitucional estaba dicha, apareció la obra del profesor italiano Fioravanti. Antes de la renovada lección magistral de aquél, nos encontrábamos atrapados en una espiral de textos que, a golpe de mortero, machacaban una y otra vez el trascurso constitucional: una visión superficial de la época griega, la omisión a los romanos, el ignorar al Medioevo y enfocarse sólo a las aportaciones –relevantes, sin duda– de los angloamericanos y los franceses.

Pero la obra del maestro florentino –Los derechos fundamentales. Apuntes de historia de las constituciones, Constitucionalismo. Experiencias históricas y tendencias actuales y Constitución. De la Antigüedad hasta nuestros días– vino a refrescar concienzudamente y de modo revelador los momentos cruciales del constitucionalismo y que hasta ese momento fueron obviados.

Nos obligó a releer y repensar la historia constitucional bajo dos perspectivas –por lo menos–: En primer lugar, la tríada de las Constituciones (la de los Antiguos, la Medieval y la de los Modernos), no en una forma aburrida de cronología, sino de conceptos en un ejercicio harto difícil de abstracción: la importancia de la polis y la civitas entre la pluralidad y la unidad en las formas de gobierno; el corpus jurídico y político del Medioevo; y, entre la libertad del individuo y el control del poder político del Estado.

En segundo lugar, la comprensión constitucional desde la óptica de los derechos fundamentales, explicada mediante otra tríada conceptual según la dosis injerencista del Estado en el ámbito personal de las personas: el individualismo, el historicismo y el estatismo.

Fioravanti fue profesor de Historia de las Constituciones y de Historia del Derecho medieval y moderno, ambas cátedras en la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad de Florencia. Esa expertise docente la demostró al ir más allá de explicar los clásicos americanos de la Constitución escrita, los pesos y contrapesos y la revisión judicial de las leyes o de las ideas francesas sobre la soberanía y la división del poder público, al poner de relieve la importancia del consuetudinarismo constitucional inglés, la fuerza del precedente y la supremacía parlamentaria, así como las aportaciones de la República de Weimar y los teóricos germanos como Heller, Jellinek, Kelsen y Schmitt –nos guste o no–, entre otros.

De igual modo, con una visión más amplia, Fioravanti explicó el constitucionalismo, no sólo desde la parcela del Derecho, sino y sobre todo, desde el ideario político y filosófico: desde Polibio y Cicerón, al pasar por los doctos de la Iglesia medieval y llegar a las alturas modernas de Hegel, Marx, Kant, Rawls, por citar a algunos nombres.

Se va el jurista, pero se queda el legado, sirva este artículo para honrar la memoria de Maurizio Fioravanti e invitando a su lectura detenida y a la reflexión más en estos momentos en que se discute el poder político del Estado Mexicano.

POR JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA
MINISTRO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

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