COLUMNA INVITADA

El INAI, Secretaría de Salud y la leche contaminada de Irlanda

Lo que ocurrió fue que la Secretaria de Salud al responder no explicó porqué se manifestó incompetente respecto de la información requerida

OPINIÓN

·
Francisco Javier Acuña Llamas / Columna Invitada / Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: Foto: Especial

Con frecuencia despreciamos el valor de los archivos. La semana pasada un caso de los cientos que resolvemos semanalmente, puso en la mirada pública el problema que tuvo alguien que le preguntó a la secretaría de salud federal por toda la información disponible sobre la compra de leche contaminada irlandesa entre 1986 y 1987. La respuesta evasiva y lacónica, simplemente el abismo. Sin archivos no existe administración (pública o privada) y, por tanto, menos aún podría haber historia y la explicación del fenómeno estatal es precisamente, la consecuencia de la puesta en marcha de las instituciones al amparo de la partitura establecida en las leyes.

“El Estado es la máxima invención humana”, pero a la vez es una abstracción que requiere ser confirmada de modo permanente, constante y son los archivos la confirmación de la eficacia pública.

Sobre el caso de la leche en polvo contaminada con cesio radioactivo y que por tales razones fue asegurada por la CONASUPO (Compañía Nacional de Subsistencias Populares), entre 1986 y 1987, un efecto colateral de la explosión del reactor nuclear soviético Chernobil cuya nube tóxica contaminó cielos y suelos en media Europa. La reclamante de la información se reconoció de oficio periodista (algo que no importa para el ejercicio de su derecho a saber podría ser inclusive alguien bajo un seudónimo ); lo que ocurrió fue que la Secretaria de Salud al responder no explicó porqué se manifestó incompetente respecto de la información requerida (es decir, que no le atañe responder esa cuestión) sin tampoco haber manifestado que previo a responder hubiera ordenado una búsqueda en los archivos para encontrar lo señalado. Ahí está en parte la clave de la legítima irritación ciudadana que impulsó en este caso a la reportera a no consentir esa respuesta, yendo para ello a impugnarla ante el INAI bajo la figura del recurso de revisión. Al ingresar el recurso al INAI el turno correspondió a mi compañera Josefina Román Vergara quien como ponente lo expuso en la sesión pública como uno de esos casos representativos de cada sesión de los que aprendemos todos.

Así, mi compañera comisionada y ponente del proyecto de resolución del recurso, en su carácter de coordinadora de la comisión de gestión documental y archivos del INAI, hizo las referencias precisas para dejar en claro qué, la intervención del INAI trajo consigo que se pudieran localizar un conjunto de fondos documentales que resguardan los ominosos testimonios de esas adquisiciones públicas de finales de la décadas de los ochentas del siglo pasado sin medidas de control sanitario a pesar de saberse que esos productos venían de esa zona afectada y, que dicha información además de la cadena de irregularidades concretas, exhibe la negligencia e impericia de las autoridades de hace más de tres décadas y también de la falta de rigor y sentido de legalidad de las actuales en tanto que optaron por negar la información cuando les fue solicitado mediante el acceso a la información pública.

POR FRANCISCO JAVIER ACUÑA LLAMAS
ANALISTA Y CATEDRÁTICO DE LA UNAM 
@F_JAVIER_ACUNA

CAR