LA CURUL CIUDADANA

“Modo honesto de vivir”

El TEPJF confirmó la existencia de infracciones y sentenció que hubo incumplimiento de la ley durante el proceso de Revocación de Mandato

OPINIÓN

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Jorgina Gaxiola / La Curul Ciudadana / Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: Especial

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federacion (TEPJF) debe implementar acciones que inhiban la comisión de conductas contrarias a la Constitución por parte de las y los servidores públicos, “para determinar las consecuencias jurídicas de sus actos que impactan en el modo honesto de vivir”.

El artículo 34 Constitucional dice que son ciudadanos de la República los varones y mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan, además los siguientes requisitos: I. Haber cumplido 18 años, y II. Tener un modo honesto de vivir.

El veintitrés de marzo, Movimiento Ciudadano presentó una queja ante TEPJF para denunciar a varias personas que son titulares del Ejecutivo en diveros Estados de la República por:

1)    difundir propaganda gubernamentel durante la veda electoral (periodo prohibido) durante el proceso de revocación de mandato,

2)    uso indebido de recursos públicos,

3)    promoción personalizada y,

4)    trangresión al principio de imparcialidad.

Se refieren al desplegado denominado “GOBERNADORAS Y GOBERNADORES DE LA 4TA TRANSFORMACIÓN”, así como a publicaciones en diferentes cuentas de Twitter (aproximadamente 100 publicaciones) durante la revocación de mandato.

Se recibió la queja, y seis días después, el veintinueve de marzo, la Comisión de Quejas declaró procedente las medidas cautelares y ordenó la suspensión y el retiro de la propaganda.

El 19 de mayo, la Sala Especializada determinó, la existencia de difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido del proceso de revocación de mandato; sobre las publicaciones individuales en Twitter, y respecto a la publicación desplegado; así como promoción personalizada y vulneración al principio de imparcialidad.

El TEPJF confirmó la existencia de dichas infracciones y sentenció que hubo incumpliento de la ley durante el proceso de revocación de mandato, y vinculó al INE para que emita los lineamientos sobre las violaciones a la Constitución.

“De tal modo que se vincularon a autoridades locales y federales para que, en caso de encontrarlos responsables de dicho acto, declaren la suspensión del requisito de elegibilidad consistente en contar con un modo honesto de vivir”.

Esto quiere decir que si se les llega a declarar culpable de contravenir la ley, al violar la ley electoral, existe la posibilidad de que las personas señaladas podrían perder dicho atributo. Por lo tanto, esta resolución amenaza la elegibilidad de varias personas para ser candidatas o candidatos a un cargo de elección popular.

Esto podría representar un obstáculo para la Jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, en sus intenciones de suceder al presidente Andrés Manuel López Obrador.

La diputada federal plurinominal, Reyna Celeste Ascencio Ortega, presentó una iniciativa para modificar el concepto "tener un modo honesto de vivir”. Sostiene que es una presunción jurídica que discrimina a priori la participación de muchas personas. Insiste en que perder el atributo de tener un modo honesto de vivir cuando se viola la ley electoral es un precedente pernicioso.

POR JORGINA GAXIOLA
JORGINAGAX@GMAIL.COM
@JORGINA_GAXIOLA

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