TRANSPARENCIA 5.0

Disputa por el nacimiento de un derecho: Derecho al olvido

Esto es posible gracias al derecho al olvido, también conocido como derecho a la desindexación

OPINIÓN

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Créditos: Especial

¿Alguna vez han querido eliminar algo de su pasado que les resulte vergonzoso, que vulnere su dignidad o incluso que ponga en riesgo su vida, para que nadie vuelva a verlo? ¿Quizá una fotografía, un video o algún texto en la Web que haga referencia a su persona? Pues en algunas partes del mundo, cuando de plataformas digitales se trata, esto ya es posible.

Esto es posible gracias al derecho al olvido, también conocido como derecho a la desindexación. Esta “prerrogativa” permite que la información que afecta a una persona en su honor o imagen pueda desindexarse de la web, es decir, que se desvincule el nombre de la persona que se encuentra en distintas plataformas digitales, con la finalidad de desligarla de búsquedas específicas de su nombre. No implica que la información se elimine, sino que deja de aparecer en las búsquedas relativas a la persona en cuestión, manteniéndose en la Web, pero oculta. 

Si bien el Reglamento General de Datos Personales de la Unión Europea (RGDP) y legislaciones nacionales europeas ya reconocen el derecho al olvido, en nuestro país, a pesar de que la última propuesta presentada en 2020 ante el Senado no prosperó, su debate continúa.

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El tema ha generado controversia y las posturas se han polarizado. 

Entre las principales razones para no regular este derecho, se discute la posible violación a la libre expresión y que se estaría suprimiendo información de interés público (por ejemplo, en casos de violaciones a derechos humanos, corrupción, crimen organizado, entre otros); así lo han argumentado diversos expertos y asociaciones civiles como la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) ante los primeros casos jurisdiccionales sobre el tema en México.

Por otro lado, hay quienes encuentran en el derecho al olvido la posibilidad de que su pasado o una noticia falsa ya no los persiga; con el derecho al olvido sería posible que, desde una caída captada en video, hasta la violación que sufrida por una víctima, pueda desvanecerse en el universo de internet sin que afecte a un tercero.

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Ante la polarización yo pensaría que definitivamente es un debate que debe retomarse en el legislativo, porque ciertamente, la línea entre el reconocimiento del derecho al olvido frente a otros derechos, como el de acceso a la información, es delgada. De modo que posiblemente lo más apropiado sería establecer los casos y criterios bajo los cuales este derecho sería aplicable y aquellos en los que no.

En principio, la solicitud de desindexar la información no debería ir en contra del derecho de acceso a la información y del interés público. Recordemos que ningún derecho es absoluto y que los límites a cada uno de ellos, garantizan el respeto a derechos de terceros; así, cualquier derecho deberá brindar seguridad jurídica a sus titulares.

Ejemplos como el de la Unión Europea tienen que llevarnos a abrir el debate sobre nuevos derechos digitales a nivel constitucional, para que estos nos permitan una conectividad segura donde accedamos a la información de interés público, sin entrar en conflicto con el honor, la imagen y la privacidad de todas y todos. Con ello, hagamos lo que nos corresponde.

Por: Laura Lizette Enríquez Rodríguez

Comisionada Ciudadana del INFOCDMX.

@lauraenriquez @InfoCdMex

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