COLUMNA INVITADA

Albedrío…

No podemos olvidar que el poder decidir el curso de nuestras vidas, constituye un derecho humano inalienable

OPINIÓN

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Diego Latorre López / Columna invitada / Opinión El Heraldo de México

Fría mensajera de la muerte cayó ésta. Vino en forma de tempestad, soplo devastador, nefasto cuchicheo del destino… El único sobreviviente: un huérfano, sin nombre. Había nacido unos días atrás, en tierra de nadie, mientras sus padres huían en busca de una oportunidad. Cuando vio la luz, sus pupilas fueron entonces espejos del infinito. Quien lo acogió en sus brazos, mirando embelesado, parafraseó al clásico: “Dígalo vuestro albedrío, pues apenas su voz oigo”; y el oficial de migración asentó en el acta: Albedrío, y preguntó: ¿refugiado? –mi albedrío en su voluntad– le contestaron. 

Esta es la historia que acapara la actualidad social, al comprobarse una y otra vez la hipocresía y lo cínico de los gobiernos ante el drama terrible de quienes se aventuran a una mejor suerte. No todo es tan simple como una cuestión de causas y efectos; la situación es tan compleja que desborda nuestra capacidad de análisis y nos sitúa frente a la única realidad palpable: los miles de personas que deambulan perdidas en busca de una oportunidad de vida digna. 

Sin pudor, algunos poderosos están convencidos de que los cientos de miles de refugiados que colman los puertos, las estaciones, los caminos y las plazas, lo hacen por propia voluntad, cuando la realidad hace evidente que ese libre albedrío está más bien sometido a la voluntad arbitraria y ruin de sus anfitriones. Para algunos, quienes abandonan sus hogares y transportan en brazos a sus hijos desfallecidos, lo hacen por capricho; y por si eso fuera poco, esos fantoches de la democracia, además, establecen categorías según el origen: blanco y fenotipo occidental: refugiados; el resto, son simples emigrantes y van detenidos (presos), en el mejor de los casos, a las estaciones migratorias o son abandonados a su suerte. 

Para mayor burla, el derecho de asilo y protección a los refugiados, recogido en el artículo 14 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, es letra muerta: campos de concentración fuertemente vigilados por el ejército, es la manera peculiar de entender un derecho de asilo que los Estados se han comprometido a respetar. Lo es también el principio de “no devolución”, por el cual “se prohíbe situar al refugiado, ya sea por expulsión o devolución, en las fronteras de territorios donde su vida o su libertad corran peligro”. 

¿Qué no habíamos establecido como un principio fundamental el derecho a desplazarse libremente y elegir lugar de residencia? Vista la situación actual, no cabe mayor sarcasmo y descaro. Lo que se persigue no es sólo a personas indefensas, sino a la idea misma de libertad que a buen resguardo.

Más allá de la hipócrita retórica constitucional, no podemos olvidar que el poder decidir libremente el curso de nuestras vidas, constituye un derecho humano inalienable,
sin importar origen o situación coyuntural. 

¿Por qué se protege la libre circulación global de capitales, y no la libre circulación de las personas? 

Tendríamos que hacer nuestro el sentimiento de Ricardo Flores Magón: “Mi patria el mundo entero”; y añadir, “mi albedrío en mi voluntad”.

POR DIEGO LATORRE LÓPEZ
SOCIO DIRECTOR DE LATORRE & ROJO, S.C.
@DIEGOLGPN

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