COLUMNA INVITADA

Democracia y libre autodeterminación de los pueblos

A pesar de los avances en derechos y justicia, hoy en día no existe procedimiento electivo de ningún pueblo indígena

OPINIÓN

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José Narro Céspedes / Columna Invitada / Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: Especial

En la práctica de la democracia mexicana, subyacen las bases ideológicas y políticas del colonialismo: resulta servil a los intereses y las lógicas de poder en las que se inscribe el mundo en el contexto del neoliberalismo y su lógica de mercantilización de la vida.

Esta práctica se materializa en México en la forma en que los territorios ancestrales de los pueblos indígenas han sido expropiados y entregados durante muchos años para la explotación en “aras del progreso” y desde uno de los pilares fundamentales del eurocentrismo: el capitalismo.

Así lo ven, lo viven y lo impugnan los pueblos indígenas y desde esta mirada, desde esta experiencia y desde este rechazo lanzan para toda México su lectura y su clamor por verdadera democracia.

Nuestro país y sus pueblos ancestrales requieren un verdadero ejercicio democrático para eliminar la lógica colonial y consecuentemente el influjo que el racismo tiene sobre la comprensión y la práctica de la democracia.

La democracia a la que apelamos desde la Cuarta Transformación se liga al reconocimiento, respeto y concreción del derecho de quienes son diferentes. Los pueblos originarios, en el contexto de sus luchas de resistencia frente al colonialismo, a la exclusión y al exterminio, vienen planteando, desde las prácticas de vida, reflexiones en torno a la democracia.

Es cierto, en nuestro país la participación política de los pueblos indígenas ha tenido una evolución sin precedente. Dicho proceso se construyó a partir de diversos movimientos sociales e importantes esfuerzos de hombres y mujeres a lo largo de toda la República Mexicana. Particularmente tuvo su mayor reconocimiento en 1994, cuando a través del movimiento alzado del Ejercito Zapatista, en el Estado de Chiapas se originaron una serie de instrumentos políticos y jurídicos sobre derechos y cultura indígena,como los acuerdos de San Andrés Larráinzar. Estos acuerdos contribuyeron a la reforma al artículo 2 de la Constitución Mexicana, que tuvo como objeto el garantizar el reconocimiento de estos pueblos porparte del Estado Mexicano.

En ese trayecto de luchas y de sublevaciones han logrado constituir y configurar su identidad étnica y de pertenencia a un colectivo-pueblo. Inicialmente, la lucha se dirigió hacia la restitución de las tierras ancestrales y de la propia identidad indígena hasta la participación política. Lo anterior los transformó en protagonistas y gestores de su destino como colectivos con identidad y derechos. Este cambio en el panorama político de México obedece principalmente al fortalecimiento del movimiento indígena como actor social que reivindica sus derechos, a fin de lograr en la actualidad su visibilización ante el Estado en los diferentes espacios de decisión.

Según el artículo 3 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas que establece: “Los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determinación. En virtud de ese derecho determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural”. 

En este sentido, debe considerarse que el principal componente de la libre determinación es la capacidad que tienen los pueblos indígenas para determinar  su condición política, que podrá incluir formas tradicionales y estatales de organización u otras. 

A pesar de los avances en derechos y justicia, hoy en día no existe procedimiento electivo de ningún pueblo indígena, que esté regulado por la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, cuyo objeto es establecer las disposiciones aplicables en materia de instituciones y procedimientos electorales, así como distribuir competencias entre la Federación y las entidades federativas en estas materias. 

Por tal motivo, para subsanar ese vacío jurídico, y con la finalidad de no vulnerar la soberanía de las entidades federativas, pero sí establecer la obligación de dichas entidades de legislar en materia de libre determinación y autonomía, propusimos regular las constituciones y las leyes de las entidades federativas para que tengan la capacidad de reconocer y regularla forma en que los pueblos y comunidades indígenas puedan elegir, de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales, a las autoridades o representantes para el ejercicio de sus formas propias de gobierno interno, en un marco de libre determinación y autonomía.

El respeto y solidaridad con los pueblos indígenas debe quedar plasmado en leyes que garanticen que sus derechos se cumplan, no solamente en el marco de discursos demagógicos que sirven para cubrir apariencias y actúan como paliativos ante una realidad que aqueja a los pueblos y comunidades.

POR JOSÉ NARRO CÉSPEDES
COLABORADOR
@NARROJOSE

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