COLUMNA INVITADA

Derriban árboles y no pasa por ahí

Aún recordamos cuando siendo Presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, prometió que no se “tiraría ningún árbol” para la construcción del Tren Maya

OPINIÓN

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Xóchitl Gálvez / Colaboradora / Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: Especial

Aún recordamos cuando siendo Presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, prometió que no se “tiraría ningún árbol” para la construcción del Tren Maya. Era, entonces, el 14 de agosto de 2018, en su conferencia matutina.

Sin embargo, hace unos días el recién nombrado titular del Fondo Nacional de Fomento Turístico (Fonatur), Javier May y el secretario de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), Román Meyer, fueron cuestionados sobre la remoción de 20 mil árboles y varias modificaciones realizadas cuando anunciaron que no pasaría el Tren Maya por el área urbana de Playa del Carmen.

“No, no fue en balde, consideraría que el hecho de estas cuestiones técnicas que efectivamente hay que tomar en consideración”, contestó el titular de Sedatu.

Sin duda, un daño ambiental para toda la zona.
 
Horas después, Fonatur informó que los 20 mil árboles que se encontraban en el camellón de la carretera federal 307, Cancún-Tulum, no habían sido talados, sino rescatados y trasplantados en diversos lugares de Playa del Carmen, Puerto Morelos y Cancún, y como prueba presentaron un video. Un video en el que no muestra que algún árbol haya sido embancado. Incluso, algunos, por su tamaño, debieron tener al menos 2 m³ de tierra, pero quedaron expuestos sin protección, lo que puede oxidar su raíz.

El tema es de extrema gravedad, no sólo por el daño ambiental que representa la remoción de 20 mil árboles, sino también porque la tala o el trasplante no fue autorizada por la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) de noviembre de 2020 ni contemplada como “pérdida forestal” en la información que ofrece Fonatur en su portal web.

Por ello, presenté dos denuncias, una ante la Secretaría de la Función Pública (SFP) y otra ante la Fiscalía General de la República (FGR) para que se investigue y en sus caso se castigue a los servidores públicos por faltas administrativas y los delitos que hayan cometido por la tala o remoción de árboles.

Los servicios de remoción no pudieron haberse contratado ni pagado si no se contaba con la Manifestación de Impacto Ambiental como lo establece la Ley de Obras Públicas y en la Ley General del Equilibrio Ecológico.

La Ley General de Responsabilidades Administrativas sanciona como desvío de recursos cuando se utilicen sin fundamento jurídico o en violación de leyes aplicables.

Mientras que el artículo 214 del Código Penal Federal castiga hasta con prisión de 2 a 7 años el daño a los lugares que un servidor público tenga a su cuidado y el artículo el artículo 418 sanciona con prisión de seis meses a nueve años a quien ilícitamente corte, arranque, derribe o tale algún o algunos árboles.

Es necesario que tanto la Fiscalía como la Secretaría de la Función Pública realicen las investigaciones correspondientes y sancione a los responsables por este daño irreversible.

Este ecocidio no puede quedar impune.

POR XÓCHITL GÁLVEZ
SENADORA DEL PAN
@XOCHITLGALVEZ

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