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Aborto, sinónimo de desigualdad en Veracruz

La Suprema Corte de Justicia de la Nación representaba una gran oportunidad para generar igualdad

OPINIÓN

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El 29 de julio pudo haber sido un día histórico para las veracruzanas. No lo fue porque cuatro ministros (dos mujeres y dos hombres) de la primera sala de la SCJN votaron en contra del proyecto para “despenalizar el aborto” en el estado.

El proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá buscaba que, en las primeras doce semanas de embarazo, una mujer pudiera tratarlo como un asunto de la “esfera privada”. Para defender su proyecto argumentó que existe una obligación constitucional para eliminar normas discriminatorias que permitan la violencia contra las mujeres o limiten su acceso al derecho a la salud que se encuentran plasmados en tratados e instrumentos internacionales.

Para la ministra Margarita Ríos Farjat parecía “muy desbordada” la idea de obligar al Congreso veracruzano a homologar la legislación local a las disposiciones más benévolas para mujeres de otros estados en relación al aborto. En Veracruz está penado el aborto y se garantiza la vida desde el momento de la concepción. Las mujeres deben practicarse la interrupción del embarazo de forma clandestina, de lo contrario son penadas con cárcel o con la aplicación de medidas “educativas y de salud”.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación representaba una gran oportunidad para generar condiciones de igualdad de oportunidades para las mujeres en Veracruz, donde existe una regulación restrictiva, en la que destaca la ausencia de la causal de riesgo para poder interrumpir el embarazo y diferencias en su legislación en comparación con 22 entidades.

La lucha de diferentes asociaciones y agrupaciones ha sido larga: en diciembre de 2017 lograron alerta de género por discriminación legislativa para homologar la legislación del estado de Veracruz con el estándar nacional; en julio de 2018, ganaron un amparo por “omisión legislativa”, en el que un juez ordenó a la pasada legislatura reformar los artículos 149, 150 y 154 del Código Penal local; días después el Congreso impugnó la sentencia y el caso fue turnado a un tribunal colegiado de circuito.

La legislatura anterior, con mayoría del PAN, hizo el trámite administrativo, sometió a votación la iniciativa para aumentar las causales del aborto, sin que pasara la propuesta de la entonces diputada Tanya Carola Viveros.

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Es necesario explicar que el marco normativo estatal no contempla los supuestos de “graves daños a la salud de la mujer” para poder interrumpir un embarazo, causal prevista en 13 estados de la República; y establece como plazo límite los tres primeros meses de gestación en caso de violación, restricción temporal que no se contempla en otros 22 estados. Aumentar las causales para el aborto y despenalizar esta práctica busca garantizar los derechos a la dignidad humana, el libre desarrollo de la personalidad, así como los derechos a la salud sexual y reproductiva y el derecho a la vida de las mujeres veracruzanas. Se trata de que ninguna mujer sea criminalizada ni esté en riesgo su integridad física por un aborto clandestino, no de obligar a nadie a interrumpir su embarazo.

POR NALDY RODRÍGUEZ
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