AGUASCALIENTES

La claridad de una sentencia a favor de una niña

La “carta” o comunicado de sentencia en formato de lectura fácil se viralizó en redes sociales y fue aplaudido por cibernautas, porque utiliza un lenguaje claro y sencillo para dar a conocer el alcance de la sentencia

OPINIÓN

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Naldy Rodríguez/ Transparencia 3.0/ Opinión El Heraldo de México.Naldy Rodríguez/ Transparencia 3.0/ Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: Foto: Especial

“Hola pequeña ****** te escribe ***** la Juez que conoce del problema que ha existido para que en el hospital al que acudes, te hagan entrega de las medicinas que necesitas para tu tratamiento, ya que les dicen que no las tienen”, así comienza la comunicación que remitió una juez de distrito de Aguascalientes a una niña a la que amparó para obligar al IMSS y a la Secretaría de Salud a que le otorgue los medicamentos que requiere de manera completa y oportuna.

La “carta” o comunicado de sentencia en formato de lectura fácil se viralizó en redes sociales y fue aplaudido por cibernautas, porque utiliza un lenguaje claro y sencillo para dar a conocer el alcance de la sentencia, las obligaciones que tienen las autoridades y las acciones que se seguirán para garantizar su cumplimiento a la pequeña de siete años de edad.

Con la sentencia emitida el pasado 9 de octubre, la juez Sonia Hernández Orozco no solo logró tutelar el interés superior de la menor y garantizar el derecho a la salud, sino que fue más allá para hacer efectivo su derecho a saber.

En el Juicio de Amparo 364/2020-1, la juzgadora también realizó suplencia de la queja en beneficio de la niña, es decir buscó aplicar o interpretar las normas de la Constitución, los tratados internacionales y las leyes relativas que previeran la protección más amplia.

Así, dejó patente que las autoridades responsables, en este caso el IMSS -donde la niña es derechohabiente-, vulneraron el derecho de acceso a la salud y pusieron en grave riesgo su condición médica por la enfermedad que padece, ante la omisión de otorgarle los medicamentos que requiere: “vincristina”, en combinación con “dexametasona” y “mercaptopurina”. Para garantizar el suministro del tratamiento señalado por su médico tratante, se vinculó a la Secretaría de Salud en los efectos de la sentencia.

En el fallo también se estableció como una obligación la comunicación de la sentencia a la menor. Y lo hicieron de forma breve, como si fuera una carta en la que expresaron con naturalidad el problema y su solución. Fue sensible y personal. 

Así debe ser la tendencia de las resoluciones ciudadanas dentro de los órganos jurisdiccionales para hacer efectivo el Derecho a Saber de quienes buscan acceder a la justicia

Las sentencias breves y de fácil entendimiento, sin formalismos jurídicos, permitirán comunicar de manera asertiva la respuesta al agravio planteado, las conclusiones a las que se llega -señalando los puntos claves de la decisión-, y sus efectos para el cumplimiento. Es lo que le interesa a quien busca justicia, no una clase de derecho procesal.

Para lograrlo, en el proyecto de resolución se debe utilizar un lenguaje claro y sencillo, con perspectiva de género; evitar el uso de referencias doctrinales, de tecnicismos jurídicos y de exclamaciones en Latín y rehuir de los párrafos demasiado largos y rebuscados.

POR NALDY RODRÍGUEZ
*COMISIONADA PRESIDENTA DEL INSTITUTO VERACRUZANO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES