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Enrique Quiroz Acosta: El Progreso en el Derecho

OPINIÓN

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Todos vivimos de símbolos. Nos identifican, generan una sensación, lanzan un mensaje. En el Estado, aludir a la Constitución —mandato jurídico supremo— es casi “una adoración”. Todo porque implica respeto, unidad, coherencia, valores…, en fin, nuestro ser en comunidad. Desde el vocablo mismo, constitución se refiere a integración, a construcción, pero no cualquier construcción, sino aquella que implica coherencia y sistema. La Constitución también es bandera para la batalla y “escudo” ante la arbitrariedad. Ante tanta “adoración”, a veces pasa de largo que, en ocasiones, se cuestiona permanentemente, máxime en modelos de transformación, como en nuestro caso en México. Cuando se pretende en un país como el nuestro justificar una política o un régimen, de inmediato se pretende llegar a la cúspide, llegar a la Constitución, so pena de que probablemente se le coloque en moneda de cambio, más que en sistema de principios para la vida política y social. Tan llevada y traída nuestra Constitución que, en un mundo globalizado, entre otros fenómenos se cuestiona ya la validez de la propia Constitución frente a instancias y principios que desbordan el ámbito nacional. Desde hace algunos lustros, quienes inciden en asuntos jurisdiccionales ya no pueden quedarse en la idea de que los conflictos jurídico-políticos culminan en la letra de nuestra Constitución. En primer lugar, porque el propio artículo 1° de la ley suprema, otorga un valor superlativo a los tratados internacionales en materia de derechos humanos, con lo cual, aquel instrumento internacional que otorgue mayor protección a las personas debe permanecer por encima de la construcción. Dicha postura, para muchos, genera incertidumbre jurídica, y con dicha desacralización del texto constitucional ciertamente estamos en el umbral de una era de internacionalización, que rompe paradigmas. Un punto específico es lo relativo al principio de progresividad en el sentido de que un derecho otorgado en favor de los seres humanos no puede ser regresivo. ¿Qué es el progreso en materia jurídica? Sin duda, dicha cuestión abre un debate delicado y poco definido. Tal vez debiéramos partir en el sentido de que es progresista todo aquello que protege o beneficia con mayor amplitud al ser humano y la colectividad. Tan es así que nuestro máximo tribunal se ha pronunciado en cuanto a que el principio de progresividad es aplicable a todos los derechos y no sólo a los llamados derechos económicos, sociales y culturales (amparo en revisión 750/3025 en abril de 2016). En el fondo, la constitucionalidad es, y seguirá siendo, un tema de valores, por lo que el problema es quién dicta los mismos, y en todo caso que sean comúnmente aceptados. Se trata de una larga lucha que no admite regresividad. Los valores universales son ya el motor de las normas fundamentales. Definir y armonizar los propios valores y encauzarlos con sensibilidad son el verdadero progreso. Se nos juzgará ante el mundo.  

Por ENRIQUE QUIROZ ACOSTA