Los dos policías de Santa Lucía del Camino, Oaxaca, detenidos por el fallecimiento del estudiante Diego Paz, serán juzgados bajo el delito de ejecución extrajudicial, por lo que por primera vez en México se aplicará este proceso.
El Congreso del Estado reformó en junio pasado el Código Penal, en donde se tipifica el delito de ejecución extrajudicial; en esta se agregó el artículo 292 Quáter, que establece que se castigará de 50 a 70 años de prisión y una multa de mil a mil 500 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
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Detienen a policías de Oaxaca por la muerte de Diego Paz
La Fiscalía General del Estado detalló que, realizó los trabajos jurídicos necesarios para aplicar dichos cambios en la ley, lo que permitió obtener el resultado favorable en la audiencia de control de detención y comunicación de imputación que se desarrolló este 4 de septiembre de 2024, en contra de dos personas del sexo masculino identificadas como A.R.P. y J.J.S.C. Lo anterior por el delito de ejecución extrajudicial del estudiante de 22 años de edad Diego Paz.
“Con la imputación de los dos elementos de la Policía Municipal de Santa Lucía del Camino, es la primera vez en Oaxaca, y primer caso en México, en que se inicia una investigación ministerial por el delito de ejecución extrajudicial, pues es un delito que recientemente fue tipificado, apenas en junio de 2024, luego de pasar por el Congreso Local”, sostiene el comunicado del organismo.
A través de la Fiscalía Especializada para la Atención a Delitos de Alto Impacto se ha realizado los actos de investigación gracias a los cuales se han reunido las pruebas suficientes para realizar la imputación de este caso paradigmático, agrega el documento.
La autoridad judicial sostuvo que dentro de la integración de la carpeta y la imputación se implementaron las directrices del Protocolo de Minnesota como criterio orientador ante la sospecha fundada que probablemente existió un uso ilegal de la fuerza pública.
En este sentido, la Fiscalía dijo que está obligada a investigar de forma pronta, efectiva, exhaustiva, independiente, imparcial, transparente y con apego a los derechos humanos toda muerte potencialmente ilícita en la que exista una sospecha fundada de la intervención de un agente del Estado.