SUCEDIÓ EN PUEBLA

Vinculan a proceso a Miguel "N", profesor de la BUAP, por el delito de acoso sexual agravado

Vinculan a proceso y le dictan prisión preventiva al profesor de la Buap acusado de grabar a mujeres en la feria de Puebla

NACIONAL

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El juez le dictó prisión preventiva oficiosaCréditos: Fiscalía de Puebla

La Fiscalía General del Estado de Puebla informó a través de redes sociales sobre la vinculación a proceso y prisión preventiva para Miguel "N", quien fue denunciado y acusado por el delito de acoso sexual agravado, presuntamente por realizar grabaciones a mujeres en el Centro Expositor de la Feria de Puebla el pasado 1 de mayo.

A través de un video que captó como Miguel "N" grababa a una asistente de la feria con una cámara pequeña en ajustada en su zapato con el que podía acercarse a sus víctimas de manera "discreta" y así poder tomarles videos y fotografías sin su consentimiento. En el video se puede observar como se va acercando a las mujeres con falda.

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Miguel "N" era profesor de una universidad

Miguel "N" es profesor en la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, quien ya fue dado de baja como docente de la Facultad de Artes Plásticas y Audiovisuales debido a los hecho ocurridos. Según el directorio de la Facultad  Miguel "N", tiene una licenciatura y una maestría en Ciencias de la Computación y cursa un doctorado en la misma materia.

Aunque Miguel "N" nació en Oaxaca, vivía en Puebla, ahí trabajaba y tenía su vida completamente en ese estado. Tiene 40 años y además de ser profesor e investigador de la Escuela de Artes Plásticas y Audiovisuales (ARPA), era coordinador de tecnologías en donde también se encargaba de los laboratorios de cómputo y enseñaba materias de programación y desarrollo de videojuegos.

En redes sociales han mostrado su preocupación porque daba clases a jovenes universitarias.
Crédito: Twitter

¿Qué es el acoso sexual?

Según Daxia Abogados, el delito de acoso sexual conlleva una pena de prisión de 1 a 2 años e inhabilitación para el ejercicio de la profesión, oficio o actividad de 18 a 24 meses cuando el culpable del delito comete los hechos en alguno de los siguientes casos:

  • Prevaliéndose de una situación de superioridad laboral, docente o jerárquica
  • Sobre persona sujeta a su guarda o custodia
  • Anunciando expresa o tácitamente causar a la víctima un mal relacionado con las legítimas expectativas que aquella pueda tener en el ámbito de la relación laboral, docente, de prestación de servicios o análogos correspondiente