EVITA MULTAS

Contingencia Ambiental: estos son los autos que no circularán este miércoles 1 de mayo

Se registró mala calidad del aire en CDMX y Área Metropolitana

NACIONAL

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Evita multas, no circules de 5:00 a 22:00 horasCréditos: Cuartoscuro

La Convención Ambiental de la Megalópolis (CAME) informó a través de las redes sociales que se activó este miércoles 1 de mayo la Fase I de la Contingencia Ambiental en Ciudad de México y Área Metropolitana por la mala calidad del aire que se registró en las últimas fechas.

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A través de un comunicado, informaron que a las 15:00 horas del día martes 30 de abril, "se registraron concentraciones máximas de ozono de 158 ppb", de manera específica en la estación de monitoreo de Tlalnepantla, ubicada en el municipio del mismo nombre del Estado de México.

Mañana miércoles 1 de mayo, deberán suspender su circulación los siguientes automóviles

La Convención Ambiental de la Megalópolis puso en marcha la Fase I. Crédito: Cuartoscuro

Estos son los vehículos que dejarán de circular durante el día 1 de mayo de 2024, específicamente entre las 5:00 de la mañana y las 10:00 de la noche. Será durante las próximas horas cuando las autoridades indiquen si continúa durante un día más, o se cancela definitivamente.

  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  • Uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea  1, 3, 4, 5, 7 y 9.
  • Uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado rojo, terminación de placa  3 y 4.
  • Las unidades que no porten holograma de verificación como vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, pase turístico, placas foráneas o placas formadas por letras restricción: misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
  • Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de  matrícula sea NON
  • Carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del  EDOMEX.
  • Los taxis con holograma de verificación  “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos  1), 2), y 3). Horario de las 10:00 a las 22:00 horas.
El programa será implementado de 5:00 AM a 10:00 PM. Crédito: Cuartoscuro

Sin embargo, hay también algunos vehículos que serán exentos del programa Hoy No Circula de la Fase I de la Contingencia Ambiental, revisa bien las reglas antes de salir a circular con tu vehículo:

  • Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
  • Vehículos que porten holograma “00” o “0” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular, si cuentan con engomado diferente al color rojo y terminación de placa 3 y 4.
  • Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.
  • Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población
  • Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
  • Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
  • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
  • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
  • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
  • Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
  • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto. 
  • Las motocicletas están exentas de la Fase I