VINCULADO AL CJNG

FGR apelará libertad de “Don Rodo”; acusan complicidad de policías municipales

La Fiscalía indica que la Policía Municipal así como la defensa actuaron en contra de la Guardia Nacional para descartar las pruebas y tirar la narrativa

NACIONAL

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Créditos: Especial

La Fiscalía General de la República (FGR) informó que apelará la decisión judicial de dejar en libertad a Abraham Oseguera Cervantes alias “Don Rodo” y justificó el ingreso al domicilio de este sin orden de cateo.

En un comunicado, la FGR señaló que en cuatro ocasiones, varios jueces le negaron órdenes de cateo en el domicilio de Abraham, por lo que la Guardia Nacional mantuvo vigilancia en el inmueble.

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El pasado 21 de abril, de acuerdo con la Fiscalía, elementos de la Guardia Nacional vieron a tres personas armadas afuera del inmueble y en actitud “beligerante”, quienes los amagaron, entraron al domicilio y cerraron la puerta.

“Por tal motivo, los miembros de esa corporación se vieron obligados a dar seguimiento a dichas personas en el interior inmueble, en debido cumplimiento de su obligación legal de perseguir un hecho delictivo evidentemente flagrante”, indicó la FGR.

"Don Rodo"

Al interior del inmueble, Abraham portaba un arma de fuego de asalto calibre .9 milímetros; una cartera con 38 gramos de cocaína; 2 mil 11 pastillas de fentanilo y 255 pastillas de fluoprofentanil, por lo que fue detenido y trasladado.

“Es muy importante señalar que, durante ese evento, familiares de Abraham “O”, pretendieron dolosamente ocultar la verdadera identidad de éste, atribuyéndole el nombre de Rodolfo Garibay González, y al respecto pudo acreditarse que dicha persona también había tramitado y obtenido una licencia con el referido diverso nombre, lo cual es un delito que se comprobó al identificar debidamente a la persona ya mencionada”, indicó la FGR.

La FGR también acusó complicidad de la Policía Municipal de Autlán, pues aparentemente esta tenía conocimiento de que estaban participando elementos de la Guardia Nacional con resguardo del Ejército Mexicano y aun así presentaron denuncia contra estos, lo que evidencia la complicidad y colusión de las autoridades policiales locales que comprometieron a sus directivos.

“Esa conducta cómplice y encubridora se ratificó cuando dichos elementos de la policía municipal fueron presentados como testigos por la defensa del acusado, en la audiencia de vinculación correspondiente”, detalló la FGR.

Ya en el procedimiento judicial, explicó la FGR, y después de haber obtenido del juez de Control Rogelio León Díaz Villarreal, la calificación de legalidad en la detención, al arribar a la audiencia de vinculación, el acusado pidió una extensión de varios días.

Sus abogados presentaron videos editados, sin secuencia cronológica y sin documentación técnica que les diera credibilidad y certeza. 

Elementos de Seguridad, resguardan El Altiplano en Estado de México. Foto: Gerardo García/EL HERALDO

“Dado que dichas pruebas no habían sido puestas a disposición del Ministerio Público por un lapso de varios días, y con ello impidiendo con ello su valoración y dictaminación pericial respectiva, ya que se obtuvieron tan solo dos horas antes de la reanudación de la audiencia, lo cual dejó a la Representación Social en estado de indefensión; y, en esas circunstancias, el Juez decretó la libertad de dicha persona con base en estos videos tan cuestionables e insuficientes, mientras el propio Juez soslayaba y dejaba de valorar las acusaciones por los delitos graves ya señalados en contra de Abraham “O”, informó.

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La FGR señaló que, con tantas conductas judiciales negativas para impedir cateos, al dar credibilidad a los videos presentados y debido a que el juez soslayó las acusaciones y pruebas de delitos graves, así como la complicidad de los policías municipales, se generaron ventajas indebidas al acusado.

Es por eso que la FGR anunció que presentará un recurso de apelación en contra del auto de no vinculación a proceso dictado a Abraham por el delito de portación ilegal de armas de uso exclusivo del Ejército y delitos contra la salud en la causa penal 114/2024.

“Todo lo anterior es una muestra más de los constantes criterios parciales e incongruentes de autoridades judiciales, que no deben quedar al arbitrio de una persona; y sí deben estar estrictamente determinados por la ley, como lo señala el artículo 19 de la Constitución General de la República”, indicó la FGR.

TJM