CDMX

Caso Alondra: qué dice la Ley de Adolescentes sobre menores agresores

Su familia busca justicia contra el responsable

NACIONAL

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Créditos: Archivo

El caso de un un menor de edad que acuchilló a su expareja ha conmocionado a la Ciudad de México. Los hechos acontecieron en una secundaria de la alcaldía Iztapalapa, en donde el adolescente esperó a la menor de edad para interceptarla en las afueras de la escuela Liceo Emperadores Azteca, la obligó a estar en un lugar a solas y presuntamente intentó asfixiarla y atacarla con un arma blanca para arrebatarle la vida. 

La niña logró sobrevivir al ataque gracias a que unos vecinos la protegiero, sin embargo, sus familiares han clamado justicia contra el responsable, quien aseguran ha mostrado anteriormente conductas violentas contra su expareja, razón por la cual decidió terminar con la relación sentimental. 

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La hermana de la víctima reveló en redes sociales que sufrió 15 heridas en la cabeza, nuca y cuello, por lo que requirió de atención médica especializada. Aseguró que su hermana pudo morir en manos del adolescente. Así mismo, la familia criticó al plantel escolar por no haber logrado prevenir la tragedia, en conocimiento de la conducta del presunto agresor. 

Por su parte, la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, dio a conocer que busca imputar al adolescente por tentativa de feminicidio. En tanto, la Policía de Investigación ha emprendido la investigación por medio de entrevistas a testigos y análisis a las cámaras de viodeovigilancia. 

"(La Fiscalía) Realiza las diligencias correspondientes, con la finalidad de solicitar audiencia de formulación de imputación, luego de la agresión que sufrió una persona menor de edad, en calles de la Alcaldía Iztapalapa", informó.

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El juez de Control Especializado en Justicia para Adolescentes del Poder Judicial de la Ciudad de México determinó que el chico podía salir en libertad gracias a que la ley para adolescentes lo ampara de ser procesado. La Ley Nacional del Sistema Penal de Justicia Penal para Adolescentes indica que el imputado pertenece al grupo Etario I (persona menor de 14 años de edad), razón por la cual fue puesto bajo el cuidado de sus padres.  

La Ley General también menciona que los menores de edad a quienes se les atribuya la comisión de un delito podrán estar exentos de responsabilidad penal, y si las autoridades consideran que estos derechos infantiles son violados, se notifica a la Procuraduría de Protección. 

Atacan con cuchillo a menor de edad en plantel escolar de Iztapalapa 
FOTO: Ilustrativa/Especial 

En el marco legal se consideran tres rangos de edad distintos, llamados grupos etarios I, II y III. En caso de pertenecer a este rango, se deberán respetar los lineamientos establecidos. 

  • I. De doce a menos de catorce años;
  • II. De catorce a menos de dieciséis años, y
  • III. De dieciséis a menos de dieciocho años.

Artículo 14. Integralidad, indivisibilidad e interdependencia de los derechos de las personas adolescentes

Los derechos de las personas adolescentes son indivisibles y guardan interdependencia unos con otros y sólo podrán considerarse garantizados en razón de su integralidad.

Artículo 15. Prohibición de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes

  • Estarán prohibidos todos los actos que constituyan tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
  • Las autoridades, dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, deberán garantizar la seguridad física, mental y emocional de las personas adolescentes.
  • Quedan prohibidos los castigos corporales, la reclusión en celda oscura y las penas de aislamiento o de celda solitaria, así como cualquier otra sanción o medida disciplinaria contraria a los derechos humanos de la persona adolescente.
  • No podrá ser sancionada ninguna persona adolescente más de una vez por el mismo hecho.
  • Quedan prohibidas las sanciones colectivas.

EDG