ES UN DERECHO

¿Cuándo se pagan las utilidades y cuánto deben darte?

Checa si a ti te toca el reparto de utilidades y hasta cuándo tiene tu jefe para pagarlas

NACIONAL

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Pago de utilidadesCréditos: Pexels

El reparto de utilidades o Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es una prestación laboral en la que las empresas reparten un porcentaje de sus ganancias entre sus trabajadores, siempre y cuando, haya excedido los 300 mil pesos de ingresos declarados. 

¿Pero cuándo se entregan las utilidades? 

Para las empresas la obligación de pagar las utilidades es a partir del 1 de abril y hasta el 30 de mayo. En tanto, para personas físicas, del primer el 1 de mayo hasta el 30 de junio. 

A más tardar el 30 de mayo en el caso de los trabajadores que laboran para una persona moral (empresa), mientras que las personas que trabajan para una persona física (patrón), deberán recibir el pago a más tardar el 29 de junio. 

¿Para qué trabajadores es aplicable esta prestación? 

Es aplicable a los trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fueron de $300 mil pesos o más, según su declaración fiscal 2016, y que tengan más de un año en funcionamiento. Bajo estas condiciones, los trabajadores tendrán derecho al reparto de utilidades, independientemente de que ya no laboren en la empresa en cuestión o tenían contrato por obra determinada.

Pago de utilidades

¿Cuánto es lo que te dan de utilidades?

Los trabajadores participarán en las utilidades del patrón de conformidad con el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas (el cual a la fecha asciende al 10% de las utilidades netas). 

¿Para quienes no aplica el reparto de utilidades? 

No aplica para trabajadores domésticos; directores, administradores y gerentes generales; profesionistas, artesanos, técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin existir una relación de trabajo subordinado con el patrón. 

¿Cómo puedo saber si me toca reparto de utilidades?

Si trabajaste al menos 60 días durante el año a repartir, ya sea en forma continua o discontinua, debes recibir utilidades. No importa si ya no trabajas ahí o tu contrato fue por obra o tiempo determinado, tienes un año -a partir de la fecha límite de entrega- para cobrar tus utilidades.