La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) validó el mecanismo del Instituto Nacional Electoral (INE) para evitar sobrerrepresentación en el Congreso, al realizar la asignación de Diputados y senadores por la vía de representación proporcional, es decir plurinominales.
Los magistrados votaron de manera unánime por respaldar un acuerdo del Consejo General del INE por el que se determina el mecanismo para la aplicación de la fórmula de asignación de las curules y los escaños por el principio de representación proporcional en el Congreso de la Unión.
Sigue leyendo:
Ordena INE a partidos sustituir candidatos para cumplir con normas de paridad, tienen 24 horas
Fernando Vilchis solicita medidas de protección al INE tras agresiones de grupos de choque
Dicho acuerdo es la verificación de la afiliación efectiva y aplica a los listados de los partidos políticos nacionales coaligados con base en los resultados que obtengan en la jornada electoral a celebrarse el 2 de junio.
El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón sostuvo que en su queja, el Partido Acción Nacional (PAN) no presenta argumentos ni razones concretas sobre por qué considera que el mecanismo establecido por el INE es insuficiente para evitar sobrerepresentación en el Congreso, pues solo se limitó a ilustrar lo sucedido en la elección de 2018.
"En este proceso electoral la verificación de afiliación efectiva implica anotar en qué partido está afiliada cada candidatura, con el objetivo de verificar el cumplimiento de los límites de sobre y subrepresentación", explicó Reyes Rodríguez.
Medidas para evitar la distorsionar los porcentajes de representatividad
Al respecto, la magistrada presidenta del TEPJF, Mónica Soto Fregoso, indicó que el mecanismo del INE sí contiene medidas adecuadas y eficaces para evitar que los partidos políticos que contiendan bajo la figura de coalición puedan distorsionar los porcentajes de representatividad con que cuenten, efectivamente, lo que se logrará mediante la verificación de la afiliación efectiva de las candidaturas que obtengan el triunfo de mayoría.
Es decir, con Independencia del grupo parlamentario del que formarán parte de las candidaturas que obtengan un triunfo de mayoría, se computarán a favor del partido en el que militan, a fin de que este no pueda obtener una mayor representatividad que aquella que le corresponde.
"De acuerdo con su porcentaje de votación, ni que por consecuencia de otros partidos, se vean afectados por tal distorsión, lo que evidentemente transgrediría los límites previstos por el Constituyente Permanente", dijo.
DRV/TJM