VA CONTRA DECRETO PRESIDENCIAL

Corte declara inconstitucional extinción del FIDECINE

En su fallo reconoce la libertad de expresión a las manifestaciones artísticas

NACIONAL

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que es inconstitucional el decreto presidencial por el que se ordenó la extinción del Fondo de Inversión y Estímulos al Cine (FIDECINE), a través del que se promueve y fomenta la industria cinematográfica.

En la discusión del 13 de marzo derogaron los artículos 33 y 38 que reformaban la Ley Federal de Cinematografía y la extinción a esta institución que fueron avalados en 2020. CANACINE y personalidades de la industria celebraron este anuncio con mensajes en redes sociales "¡En hora buena #eduardodelaparraabogado!" escribieron en X.

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La extinción del Fondo de Inversión y Estímulos al Cine (Fidecine) es inconstitucional porque afecta los derechos a la participación cultural y de libre manifestación de ideas.

Este miércoles, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a la empresa Enda Films contra el decreto por el que se reformaron dos artículos de la Ley Federal de Cinematografía y se determinó la extinción del Fondo.

La empresa argumentó en su demanda que la derogación del fideicomiso implicaba un perjuicio a los derechos a la participación cultural y a la libertad de expresión y suponía una violación al principio de no regresividad de los derechos humanos.

El caso llegó al máximo tribunal y este determinó que después de la eliminación del Fidecine no se dispuso brindar otro mecanismo similar que permitiera paliar el retroceso del nivel de satisfacción de derechos de los que la sociedad ya gozaba.

Aunque se creó el programa Fomento al Cine Mexicano (Focine), los apoyos previstos no tienen las mismas garantías institucionales ni la capacidad de permanencia que ya se tenían.

“El Alto Tribunal deliberó que, con la eliminación del Fidecine, existe un menoscabo injustificado en los derechos a la participación cultural y de libre manifestación de ideas. Ello es así, porque las razones dadas por el Poder Legislativo -utilización de recursos para afrontar la crisis sanitaria derivada de la pandemia provocada por el virus SAR-CoV-2 (COVID-19) y existencia de supuesta opacidad en el uso de recursos- para eliminar el Fidecine (y múltiples fideicomisos de manera simultánea) son vagas y carecen de una fundamentación puntual dedicada a justificar por qué específicamente el fideicomiso, con sus garantías de ley, debía extinguirse”, explicó la Corte.

Con información de Diana Martínez.