RECUPERARÍA SU LIBERTAD

Ministro Pardo Rebolledo no podrá revisar el caso de Mario Aburto

Este determinaría si el acusado de la muerte de Luis Donaldo Colosio recupera su libertad

NACIONAL

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El hoy ministro fue juez del caso y emitió resoluciones, entre estas, la sentencia absolutoria a Othón Cortés VázquezCréditos: Cuartoscuro

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo no podrá revisar el caso de Mario Aburto Martínez, homicida del ex candidato presidencial Luis Donaldo Colosio, en el que se determinará si recupera su libertad.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el integrante del máximo tribunal está impedido para elaborar el proyecto de sentencia derivado del recurso de revisión que presentó la Fiscalía General de la República (FGR) contra la sentencia de amparo que le permitiría salir de prisión a Aburto Martínez

Caso de Mario Aburto continúa en investigación Foto: Especial

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Aburto, señalado como el segundo tirador del homicidio

En 1996, Pardo Rebolledo fue juez del caso y emitió resoluciones, entre estas, la sentencia absolutoria a Othón Cortés Vázquez, señalado por la entonces Procuraduría General de la República como el segundo tirador en el magnicidio.

Pardo Rebolledo planteó este impedimento, en días pasados, para que los integrantes de la Sala determinarán si existen motivos para que él no pueda resolver y votar el asunto.

Por unanimidad, la Primera Sala decidió que existen razones suficientes para que el ministro no pueda conocer del caso. 

Ahora será otro ministro el que elabore el proyecto de sentencia que presentará para su análisis y votación.

Mario Aburto continúa en prisión Foto: Especial

El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Estado de México determinó, en octubre pasado, que a Aburto Martínez no se le debió aplicar el Código Penal Federal sino el de Baja California, que establecía una pena máxima de 30 años de cárcel.

El próximo 23 de marzo se cumplen 30 años de que Aburto Martínez fue detenido, por lo que podría salir de prisión si se confirma la sentencia de amparo.

Sin embargo, la FGR ha insistido en que se trata de un delito federal y no del fuero común, y que el tribunal federal ignoró la magnitud del homicidio.

DRV