INDEPENDENCIA DE PODERES EN MÉXICO

Jueces y magistrados: el juicio político no puede utilizarse para controlar al Poder Judicial

La Jufed respaldó al juez de Distrito de Tamaulipas, Cresencio Contreras Martínez, contra quien la Secretaría de Gobernación presentó esta figura por, supuestamente, favorecer a integrantes de grupos criminales

NACIONAL

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La Jufed respaldó al juez de Distrito de Tamaulipas.Créditos: PEXELS

La solicitud de juicio político no puede ser utilizada como un mecanismo al servicio del gobierno para controlar o acechar al Poder Judicial. Así lo señaló la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación (Jufed) al respaldar al juez de Distrito de Tamaulipas, Cresencio Contreras Martínez, contra quien la Secretaría de Gobernación presentó una denuncia de juicio político por, supuestamente, favorecer a integrantes de grupos criminales.

En respuesta, la Jufed señaló que utilizar esta figura como forma de control atenta contra la independencia judicial, además que el Consejo de la Judicatura es el que tiene la responsabilidad de vigilar y, en su caso, sancionar las actuaciones de los impartidores de justicia cuando no se apegan al Código de Ética del PJF.

La Jufed indicó que es el Consejo de la Judicatura quien debe vigilar. Foto: Especial

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“El juzgador actuó única y exclusivamente basándose en los datos de prueba que obran en autos, sin tomar en consideración criterios políticos ni presiones externas”, indicó la Jufed.

La asociación aseguró que la decisión del juez está apegada a la ley y si fue favorable al imputado se debe a la deficiente investigación de la Fiscalía General de la República.

“No se puede pretender ganar en la opinión pública, lo que no se puede demostrar con eficiencia en las fases procesales”, indicó.

Este nuevo enfrentamiento entre juzgadores y la Secretaría de Gobernación tiene su origen en el cateo de tres inmuebles en los que se aseguraron armas y droga. En ese momento no hubo detenidos y la Fiscalía solicitó la orden de aprehensión contra una persona.

La orden de captura fue ejecutada el pasado 20 de enero y en audiencia, la FGR formuló imputación por delincuencia organizada con propósito de colaborar al fomento de delitos contra la salud en la modalidad de comercio y por posesión de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército.

Durante esa audiencia, antes de formular imputación, la defensa solicitó un receso porque no había tenido acceso a la carpeta de investigación ni comunicación con su representado.

El imputado solicitó la duplicidad del término constitucional para que el juez decidiera su situación jurídica, por lo que la continuación de audiencia se programó para el 24 de enero, pero se difirió porque los abogados señalaron que no tuvieron contacto con el imputado, incluso se desconocía su paradero. Un día después se realizó la diligencia judicial y el juzgador dictó auto de no vinculación a proceso.

“(Esto) en razón a que los argumentos y datos de prueba ofertados por la defensa, desvirtuaron los datos de prueba que fundó la petición de la Fiscalía, principalmente el único indicio encontrado en el domicilio cateado (licencia de conducir), documento que resultó ser apócrifo con la información emitida por la autoridad que expide dichos documentos y, con ello afirmar que ahí vivía o habitaba en el inmueble, sin que haya realizado actos encaminados para acreditar la residencia o asiento habitual de dicha persona; es decir, la fiscalía no sustentó con diverso dato tal circunstancia, no recabó dato de prueba que corroborara su dicho”, explicó la Jufed.

Además, sobre la cocaína encontrada, detalló que no se encontraron indicios de que el imputado tuviera como finalidad vender la droga.

“La Fiscalía ni de manera indiciaria acreditó una delincuencia organizada que tuviera ese propósito, el colaborar al fomento de delitos contra la salud; incluso que el investigado perteneciera a un grupo delincuencial; es decir, se alejó de su obligación a investigar cuando los hechos fueron puestos de su conocimiento desde marzo de 2023, sin que hasta la fecha hiciera acto de investigación novedoso al respecto”, señaló.

Indicó que es inexacta la información de la Secretaría de Gobernación, al señalar actos relacionados con delincuencia organizada como el tráfico de fentanilo, cohecho y vínculo al reciente secuestro de 31 personas migrantes en Tamaulipas. Esto porque la formulación de imputación por parte de la Fiscalía únicamente fue por los ilícitos encontrados en el inmueble cateado (dos armas largas y 257.8 gramos de clorhidrato de cocaína).

“Y con ello se resolvió su situación jurídica, en la que no superó ni el estándar bajo que cuenta la representación social para vincular a proceso a una persona, violentando además actos de derechos fundamentales como debido proceso y principalmente el no tener derecho a una defensa adecuada, ya que no hubo comunicación alguna entre la defensa y el investigado”, explicó.

BRC