SANCIONES POR REVENTA

Comisiones de Cámara de Diputados aprueban regulación de venta de boletos

Lo proveedores de servicios deberán garantizar la entrada de los consumidores que cuenten con algún medio válido para su acceso

NACIONAL

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El dictamen fue turnado a la Mesa Directiva para su discusión y votación en el plenoCréditos: Cuartoscuro

Por mayoría de votos, la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad de la Cámara de Diputados, aprobó reforma a la Ley Federal del Consumidor para prohibir la sobreventa de boletos de espectáculos artísticos, culturales o deportivos, además establece sanciones por la reventa no autorizada con multas de hasta 3 millones 502 mil 944 pesos.

El dictamen aprobado por 20 votos a favor y 11 en contra, establece que, en caso de cancelación del espectáculo público, la boletera, independientemente de su calidad de organizador o intermediario, deberá reintegrar al consumidor el importe completo de las entradas, incluyendo el precio y los cargos por cualquier tipo de servicios, dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha del anuncio de la cancelación.

El dictamen fue turnado a la Mesa Directiva para su discusión y votación en el pleno durante el próximo periodo ordinario de sesiones que inicia el 1 de septiembre. 

Se obliga a las boleteras a implementar protocolos de prevención y denuncia Créditos: Especial 

La regulación prevé que los proveedores de servicios destinados al ofrecimiento de espectáculos públicos deberán garantizar la entrada de los consumidores que cuenten con algún medio válido para su acceso y éste haya sido emitido por el proveedor o un tercero autorizado.

“Los proveedores de espectáculos públicos no podrán ofrecer accesos que sobrepasen el número de lugares disponibles en los sitios donde se lleve a cabo el evento, espectáculo o exhibición que sea ofertado”, puntualiza la adición.

Obligan a emitir protocolos 

Además, obliga a las boleteras a implementar protocolos de prevención y denuncia que busquen evitar el acaparamiento y la reventa no autorizada de boletos.

“La Procuraduría Federal del Consumidor sancionará el acaparamiento de boletos y la reventa no autorizada de boletaje para espectáculos públicos que se ofrezcan o comercialicen a través de internet o cualquier otro medio físico o digital”, señala. Dichas faltas serán sancionadas con multa de 895.63 a 3 millones 502 mil 944.91 pesos.

En el periodo ordinario pasado, mediante un punto de acuerdo la Cámara de Diputados pidió a la empresa “TicketMaster”, un informe detallado sobre su presunta responsabilidad en la reventa, clonación y demás irregularidades durante el concierto del cantante Bad Bunny, y explicar cuáles serían las sanciones correspondientes contra quien resultara responsable.

Dicha empresa boletera se negó en dos ocasiones a ser verificada por la PROFECO por clonación y reventa de boletos.

Durante la discusión del dictamen el legislador panista Enrique Godínez propuso adicionar que, en caso de cancelación del espectáculo, todos los actores que hayan recibido una parte proporcional del dinero de los boletos tendrán la obligación de reintegrar al consumidor el porcentaje percibido o cobrado.

Con información de Almaquio García

dhfm