REFORMA ELECTORAL

Consejería Jurídica de Presidencia de la República acusa a SCJN de sustitución de Poderes

Asegura que, al invalidar la primera parte del "plan b" de la reforma electoral, la Suprema Corte se tomaría atribuciones que le corresponden al Poder Legislativo

NACIONAL

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El ministro Alberto Pérez Dayán planteará un proyecto para invalidar el denominado "plan B" este lunes 8 de mayo.Créditos: Especial

La Consejería Jurídica de la Presidencia de la República advirtió que si la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalida el proceso legislativo del Plan B de la Reforma Electoral estaría sustituyendo las funciones del Congreso de la Unión.

“Al tratarse de un poder derivado, sin legitimación popular, la Suprema Corte de Justicia no debe restringir las atribuciones que la norma fundamental concede al Poder Legislativo para regular el trámite de elaboración de las normas, siempre y cuando sean resultado de la voluntad mayoritaria de los integrantes del Congreso de la Unión. De hacerlo, violará el principio de división de poderes y el equilibrio que debe existir entre esto”, señaló la Consejería Jurídica del Ejecutivo.

Y es que este lunes, el máximo tribunal del país perfila debatir el proyecto de sentencia del ministro Alberto Pérez Dayán, que plantea anular todo el decreto de reformas a las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas, publicado el año pasado.

El integrante de la Corte señala que esta primera parte del Plan B se aprobó sin un debate abierto e informado entre los legisladores.

El máximo tribunal del país perfila debatir el proyecto de sentencia del ministro Alberto Pérez Dayán. Foto: Especial 

“El cúmulo de irregularidades y violaciones a los Reglamentos de cada Cámara en las que se incurrió durante el procedimiento legislativo que culminó con la aprobación del Decreto impugnado, conllevan una afectación sustancial a los valores centrales de la dimensión deliberativa de la democracia representativa, particularmente, en cuanto a la necesidad de resguardar el debido proceso, el respeto a los derechos de las minorías parlamentarias, la libertad de expresión que asiste a cada uno de los legisladores, así como su derecho al voto. De forma tal que ningún parlamentario sea excluido del proceso deliberativo, aspectos que en el presente caso impidieron que existiera un debate abierto e informado por parte de todos los integrantes del cuerpo legislativo, respetando los tiempos y las formas respectivas”, indica el proyecto.

Esto, explicó el ministro

Alberto Pérez Dayán, porque no se tenía un conocimiento preciso sobre el alcance de las disposiciones que se estaban modificando, y por no cumplir con las disposiciones reglamentarias sobre la forma, publicidad, intervalos y modo de proceder en las discusiones y votaciones.

La Consejería Jurídica destacó que el proyecto de Pérez Dayán privilegia los formalismos por encima de la verdadera justicia de fondo, con lo que viola la Constitución, de acuerdo con el proyecto de sentencia.

Esta representación jurídica de la Presidencia de la República indicó que el principio de división de poderes prohíbe al máximo tribunal establecer requisitos adicionales al trámite legislativo, pues la Carta Magna reserva esa facultad al Congreso de la Unión.

 

LSN

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