FUGA DE CEREBROS

Ciberseguridad: SEDENA y SEMAR deben alinearse para garantizar la seguridad nacional

La delgada línea entre la actividad académica y la de inteligencia en materia de seguridad, ¿cómo alinear esfuerzos en este sentido?

NACIONAL

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Las secretarias deben trabajar en conjuntoCréditos: Unsplash

Muchos de los versados académicos, saben que por inteligencia se conceptúa al conocimiento obtenido a partir de la recolección, procesamiento, diseminación y explotación de información, para la toma de decisiones en materia de seguridad nacional. Por contrainteligencia se entienden las medidas de protección de las instancias en contra de actos lesivos, así como las acciones orientadas a disuadir o contrarrestar su comisión.

En este sentido, se advierte que son amenazas a la seguridad nacional, los actos que impidan a las autoridades actuar contra la delincuencia organizada y los actos tendientes a obstaculizar o bloquear actividades de inteligencia o contrainteligencia. En los Lineamientos Generales en materia de clasificación y desclasificación de la información, así como para la elaboración de versiones públicas, se considera información reservada.

Esta es aquella que de difundirse actualice o potencialice un riesgo o amenaza a la seguridad nacional, cuando se obstaculicen o bloqueen las actividades de inteligencia o contrainteligencia y cuando se revelen normas, procedimientos, métodos, fuentes, especificaciones técnicas, tecnología o equipo que sean útiles para la generación de inteligencia para la seguridad nacional.

En la interpretación de la causal de reserva relativa a la seguridad nacional, debe decirse que ésta figura alude a las acciones destinadas, de manera inmediata y directa a mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado, la cual se rige, entre otros, por los principios de legalidad, responsabilidad y respeto a los derechos fundamentales.

Por lo anterior, y sin menoscabar la importante labor académica como elemento generador de cultura de seguridad nacional, sea este sector el que exponga motivos en algunas plataformas digitales para sentirse insatisfechos con la versión pública en la que únicamente se revela el texto de la Introducción y su Marco Jurídico Nacional del documento estratégico en materia de ciberdefensa elaborado entre las Secretarías de la Defensa Nacional y Marina.

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Estrategia conjunta de ciberdefensa SEDENA-SEMAR

Derivado de la clasificación como “Reservada” del documento estratégico en comento, diversos académicos y expertos en seguridad nacional han argumentado que resulta natural el deseo de tener conocimientos de cuáles son los marcos rectores que guían a grandes rasgos las capacidades en el "quinto dominio", a forma de fomentar, una cultura de defensa nacional, y además defender la soberanía e integridad territorial de la nación con acciones en este ámbito.

Recordemos algo importante, militarmente y desde el enfoque de la comunidad de inteligencia, al ciberespacio se le conoce en la mayoría de los países como el “quinto dominio de la guerra” como se indicó anteriormente, aunado a los dominios de tierra, mar, aire, y espacio exterior.

Por ello, existe la necesidad de proteger el ciberespacio de acciones ilícitas y potencialmente dañinas, dominio en el que incluso se pueden realizar actividades en contra de Estados nación, por ejemplo, actos como ciberespionaje, ciberterrorismo y ciberguerra.

A manera de conclusión, en un ejercicio de pensamiento asertivo y prospectivo, respetando el ámbito de la academia y de la comunidad de inteligencia para alinear sus esfuerzos en un frente común en el análisis de este documento estratégico, debe ser prioridad contar con andamiaje técnico-jurídico en el que México contemple promover e impulsar una Ley de Inteligencia que funcione de encuadramiento estratégico a las actividades de ciberseguridad y ciberdefensa.

Esto con la finalidad de servir de peso y contrapeso en el marco de las funciones de evaluación, supervisión y de mejora continua de la Comisiones Bicamerales de Seguridad Nacional y la de Evaluación y Seguimiento de la Fuerza Armada Permanente en tareas de seguridad pública; con la finalidad de que al contar con una Ley de Inteligencia sea garantice el respeto a la privacidad, datos personales y derechos fundamentales de los ciudadanos en el marco de la actuación de las fuerzas armadas en el “quinto dominio”.
 

Por: Raúl Abraham Álvarez Paniagua, maestro en Ciencia Política por el CESNAV (México) y Máster en Inteligencia por el INISEG (España), catedrático de la asignatura de Ciberseguridad en la Universidad Anáhuac Campus Norte; especialista en inteligencia, ciberinteligencia y contrainteligencia. Twitter @capitan_raul