JUSTICIA

Yasmín Esquivel: "Intervenir comunicaciones de civiles por parte de fuerzas armadas, sería forma ilegal de espionaje"

La SCJN discutió el proyecto para invalidar porciones diversos artículos del Código de Justicia Militar y del Código Militar de Procedimientos Penales

NACIONAL

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“Considero que permitir a las autoridades militares actuar al margen de la Constitución, propicia una forma ilegal de espionaje de las personas", aseveró la Ministra Yasmín EsquivelCréditos: Especial

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), discutió el proyecto para invalidar porciones diversos artículos del Código de Justicia Militar y del Código Militar de Procedimientos Penales, por considerar que el fuero militar invade el fuero civil, presentado por el Ministro Luis María Aguilar Morales.

“Una acción que no está en las atribuciones de la autoridad militar”

Al abordar uno de los temas más relevantes de este análisis, la Ministra Yasmín Esquivel Mossa, se pronunció por la invalidez de la intervención de comunicaciones de civiles, por tratarse de una acción que no está en las atribuciones de la autoridad militar, sino que, en esta materia, sí hay disposición constitucional que faculta exclusivamente a las autoridades civiles para ordenar la escucha de conversaciones telefónicas, así como la lectura de mensajes que intercambian las personas.

En este sentido, refirió que el artículo 16 de la Constitución General, dispone expresamente; que corresponde a la autoridad judicial federal, ordenar la intervención de cualquier comunicación privada, lo cual excluye a otros órganos jurisdiccionales, incluidos los del fuero militar.

“Actuar al margen de la Constitución, propicia una forma ilegal de espionaje de las personas”

“Considero que permitir a las autoridades militares actuar al margen de la Constitución, propicia una forma ilegal de espionaje de las personas, así como un atentado a su intimidad, lo cual además pone en riesgo su libertad de expresión”, afirmó. Yasmín Esquivel sostuvo de esta manera, que no hay fundamento alguno para permitir la intervención de comunicaciones privadas por parte de las fuerzas armadas, sin la autorización previa del juez perteneciente al Poder Judicial Federal.

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