SESIONARÁ CADA TRES MESES

Crean el Comité Nacional de Prevención: coordinará estrategias para reducir el riesgo de desastres

La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana a cargo de Rosa Icela Rodríguez publicó en el Diario Oficial de la Federación los lineamientos

NACIONAL

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Tiene por objeto sentar las bases de coordinación, de diversos integrantes del Sistema Nacional de Protección CivilCréditos: Cuartoscuro

Para coordinar las acciones de prevención de riesgos y desastres que deben realizar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, el Gobierno de México creó el Comité Nacional de Prevención (CNP).

En el CNP se van a definir y coordinar las estrategias nacionales en materia de prevención y reducción del riesgo de desastres, así como impulsar el desarrollo de proyectos de investigación sobre prevención y reducción del riesgo de desastres en el país.

La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana a cargo de Rosa Icela Rodríguez publicó en el Diario Oficial de la Federación los lineamientos para la creación del Comité.

“Tiene por objeto sentar las bases de coordinación, de diversos integrantes del Sistema Nacional de Protección Civil, así como las funciones que cada uno de éstos debe ejecutar conforme a sus facultades en materia de prevención de desastres, causados por fenómenos de origen natural y antrópico”, señala el DOF.

El Comité Nacional de Prevención podrá sesionar ordinariamente cada tres meses Foto: Cuartoscuro 

Mitigación de riesgos 

Con el Comité Nacional de Prevención se busca una gestión integral de riesgos de desastres para salvaguardar la integridad física y la vida de las personas y su entorno ante la eventualidad de los riesgos y peligros que representan los agentes perturbadores naturales y sociales.

Será presidido por la responsable de la SSPC, Rosa Icela Rodríguez, o en su ausencia por la titular del Centro Nacional de Prevención de Desastres. Y lo integrarán los titulares de la Coordinación Nacional de Protección Civil; de las Dependencias de la Administración Pública Federal; de las Entidades de la Administración Pública Federal; y de la Dirección General para la Gestión de Riesgos; además podrán gobernadores y otros funcionarios federales y estatales cuando se trate de temas vinculados a sus atribuciones, estos últimos con voz, pero sin voto.

El Comité Nacional de Prevención podrá sesionar ordinariamente cada tres meses o con el calendario aprobado, y se van a establecer mecanismos para poner a disposición de la población la información oportuna. 

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