INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO

Odebrecht demanda a Pemex Transformación Industrial 

Se publicó el engrose de la resolución que concedió el amparo a PTRI

NACIONAL

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Odebrecht promovió juicio de amparo directo con el objeto de reclamar una condena mayorCréditos: Especial

El 12 de noviembre de 2015, Constructora Norberto Odebrech, S.A (“CNO”) y PTRI celebraron un contrato de ingeniería, procura y construcción de accesos y obras externas para el Proyecto de Aprovechamiento de Residuales en la Refinería Miguel Hidalgo. 

Para el 16 de junio de 2017, PTRI notificó a Odebrecht el Aviso de Rescisión de Pleno Derecho al considerar que había incumplido con: i) La obligación de registro de la obra, ii) Alta a sus trabajadores ante el IMSS y iii) De registro como generador de residuos peligrosos. El 27 de febrero de 2018 se elaboró el finiquito correspondiente y Odebrecht se opuso al mismo.

Demanda de Odebrecht

El 22 de noviembre de 2021, PTRI fue notificado de la demanda promovida por Odebrecht, radicada en el Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con el número de expediente 314/2021-IV.

En la demanda Odebrecht reclamó:

  1. El pago $1,838,753,607.77 (Mil ochocientos treinta y ocho millones, setecientos cincuenta y tres mil seiscientos siete pesos) correspondiente a estimaciones de trabajos realizados y no pagados, ajuste de costos, precios unitarios extraordinarios, gastos no recuperables, gastos financieros, daños y perjuicios 
  2. La nulidad del Acta Finiquito, 
  3. Nulidad de la Rescisión del contrato

El 7 de julio de 2022, el Juez dictó sentencia determinando que Odebrecht no incumplió el contrato, por tanto declaró la nulidad de la rescisión y del acta finiquito,  y condenó a PTRIal pago de $79,224,198.64 (setenta y nueve millones, doscientos veinticuatro mil ciento noventa y ocho pesos).

Amparos Directos

Odebrecht promovió juicio de amparo directo con el objeto de reclamar una condena mayor (hasta $1,838,753,607.77 MDP);a su vez PTRI también promovió juicio de amparo directo.

 El 21 de septiembre actual, el 13° Tribunal Colegiado en Materia Civil resolvió los amparos promovidos determinando:

  • Conceder el Amparo y Protección de la Justicia de la Unión a PTRI, y;
  • Negar el amparo adhesivo promovido por Odebrecht y sobreseer el amparo directo también promovido por Odebrecht.

Efectos de la concesión

Este jueves 5 de octubre, se publicó el engrose de la resolución que concedió el amparo a PTRI, para el efecto de que el Juez dicte una nueva sentencia en la que determine que sí se actualizó la causa de rescisión, en virtud de que la actora no contaba con el registro de generador de residuos peligrosos.

Derivado de lo anterior, se va a confirmar que Odebrecht incumplió el contrato.

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