REFORMA AL CÓDIGO PENAL

Sonora sancionaría a las personas que atenten contra la libertad de expresión con esta iniciativa de ley

Aumentaría las penas por amenaza o abuso de autoridad y será un delito perseguida de oficio

NACIONAL

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Periodistas han defendido su profesión al exigir modificaciones a la leyCréditos: Cuartoscuro

Buscando ampliar el marco legal para la protección del ejercicio de la libertad de expresión y libertad de prensa en Sonora, incrementando las penas de cárcel y definiendo lo que es un periodista, la diputada Lirio Anahí del Castillo Salazar, presentó una iniciativa de Ley que reformará el Código Penal del estado.

La propuesta pretende modificar o adicionar cinco aspectos del Código Penal, donde se aumenta la pena para las personas que indebidamente emplee la fuerza pública para impedir el libre ejercicio del periodismo, ya sea con amenazas o abuso de autoridad, y será un delito perseguido de oficio.

Condenan hasta 50 años de cárcel Foto: Gerardo Moreno 

También incluye que las lesiones y homicidios de periodistas serán delitos “calificados”, es decir, que aumentarán a dos terceras partes la pena recibida, donde en el caso de homicidio doloso podría alcanzar una condena de hasta 50 años de cárcel.

“Al estimar que, en los casos referidos, además de tratarse de delitos que atentan contra la paz, seguridad, integridad y vida de las personas, como aspectos indispensables para el correcto ejercicio y goce de cualquier derecho humano, también constituyen, atentados en contra del libre ejercicio de los derechos de libertad de expresión, libertad de prensa y del derecho de cualquier persona estar informado y conocer la verdad”.

Reforma al artículo 259 en Sonora

Por otro lado, la propuesta también agrega dos párrafos al Artículo 259 donde pretende establecer la definición y alcances del término periodistas como: 

“Aquellas personas que laboren o tengan como actividad profesional, el buscar, investigar, sintetizar, redactar, jerarquizar, editar, fotografiar, videograbar, divulgar, publicar o difundir información, noticias, ideas u opiniones para conocimiento del público en general, a través de cualquier medio de comunicación impreso, radioeléctrico, digital, electrónico o imagen. Esta actividad puede realizarse de manera habitual o esporádica, remunerada o no y sin que necesariamente exista una relación laboral con un medio de comunicación”.

Discuten reforma a varios artículos del Código Penal Foto: Gerardo Moreno 

La diputada Del Castillo aseguró que la pretensión de esta definición es procurar claridad y reconocer todas las actividades que inciden, ya sea directa o indirectamente, en el ejercicio periodístico; con el propósito de buscar ampliar el marco de aplicación de la norma penal que buscan modificar para que abarque a la mayor cantidad de personas posibles relacionadas con esta actividad.

La propuesta fue enviada a la comisión de Justicia y Derechos Humanos, que preside la diputada Karina Barreras Samaniego, para su análisis y dictaminación.

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